Desde que se aprobara el decreto que regula el ejercicio del derecho del paciente a escoger quién y donde se le trata

130.000 gallegos eligen qué médico quiere que les trate y en qué hospital
El gerente del Sergas, Antonio Fernández-Campa.


18 oct. 2016 19:10H
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POR REDACCIÓN
Los usuarios del Servicio Gallego de Salud tienen la posibilidad de elegir libremente su profesional de medicina y de Pediatría en atención primaria, desde lo 21 de abril de 2015, así como de Enfermería o matrona, desde el 20 de agosto de 2015. Desde que se aprobara el decreto de 2015 que regula el ejercicio del derecho a la libre elección de profesionales de AP y de centro hospitalario, un total de 130.000 usuarios han solicitado esta opción, según ha informado el Sergas.

En concreto, la libre elección de personal médico ha tenido  84.840 solicitudes, mientras que Pediatría ha contado con 35.091, Enfermería con 10.135 y 51 personas solicitaron la libre elección de matrona. 

Datos de elección por parte de los usuarios hasta el 31 de agosto de 2016.

Además, se han registrado 28 solicitudes de libre elección de hospital.


Por otro lado, el Servicio Gallego de Salud autorizó un total de 28 solicitudes de libre elección de hospital. Del total de solicitudes aceptadas (desde su entrada en vigor hasta el 31 de julio de 2016), 10 se realizaron con motivo de libre elección por un problema de salud nuevo desde atención primaria, y otras 18 por una intervención quirúrgica.

Normativa de derechos sanitarios

El Consello da Xunta aprobó en marzo de 2015 el texto del decreto por el que se regula la libre elección de médico de familia, pediatra y personal de enfermería, en el ámbito de atención primaria, y de centro hospitalario en el sistema público de salud de Galicia. Se trata de un de los decretos que conforma el desarrollo normativo de la Ley 12/2013, de 9 de diciembre, de garantías de prestaciones sanitarias junto con el decreto que regula el derecho al ejercicio de la segunda opinión médica y el funcionamiento del Registro Gallego de Instrucciones previas sobre los cuidados y tratamiento de salud.

Por primera vez, el decreto 55/2015 establece un sistema en el que el paciente tiene la facultad de elegir, en el ejercicio de su autonomía de decisión, los profesionales sanitarios que atenderán su salud y el hospital en el que desea ser atendido de su problema de salud nuevo.

La atención sanitaria pasó así de estar vinculada al domicilio a ser decidida por los pacientes, segundo a sus preferencias, quedando siempre a salvo los criterios de planificación sanitaria y de disponibilidad de los profesionales, para que la elección sea factible y eficaz.


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