Concepción Ferrer, actual presidenta del Colegio de Médicos de Zaragoza.
La presidencia de
Concepción Ferrer al frente del
Colegio de Médicos de Zaragoza podría haber contravenido los estatutos de la institución o, al menos, ha hecho caso omiso de lo que estipulan. Según la última reforma de los mismos,
publicada el 11 de mayo de 2017 en el Boletín Oficial de Aragón, “la duración de los cargos directivos de la Junta Directiva del Colegio será de cuatro años y podrán ser reelegidos por dos mandatos consecutivos, como máximo, para el mismo cargo,
y por cuatro mandatos en total, con independencia del cargo a que se concurriera”,
dice el punto 1 del artículo 36, sobre “duración del mandato y toma de posesión”.
Ferrer, sin embargo,
estaría al frente de su quinta legislatura en el Colegio. En 2001 participó por primera vez yendo en la lista de Celso Mostacero hasta 2005. Ese mismo año repitió con el citado presidente, que dejó el cargo en 2007 a favor del entonces vicepresidente primero, Enrique de la Figuera.
Finalizado ese periodo en 2009, Ferrer volvió a repetir por tercera vez, ya con el citado De la Figuera, como vicepresidenta segunda hasta 2013. Fue ese año cuando se presentó y ganó la presidencia, que mantuvo hasta 2017, cuando
volvió a ganar en el mes de octubre, cinco meses después de que los nuevos estatutos estuvieran publicados. En este contexto,
Ferrer cumplía su quinto periodo en la directiva del Colegio zaragozano.
Esta situación se suma a
la impugnación de las últimas elecciones (las de 2017) por parte del que fuera rival de Ferrer, Juan Antonio Alberdi. Se trata de un recurso contencioso-administrativo interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) con el fin de impugnar la decisión del Consejo General de Colegios de Médicos de España (Cgcom), que dio validez a la candidatura de la actual presidenta.
Un candidato sin la trayectoria necesaria
El problema estaba en el médico que iba como tercer suplente con Ferrer, Arturo Aliaga Guillén, que
solo llevaba un año colegiado. Según los mencionados estatutos en sus artículos 37 y 39, solo el candidato a ocupar la vocalía de postgrado puede llevar menos de cinco años colegiado en el COMZ si pretende acceder a la Junta Directiva. Sin embargo, esa vocalía no era la ocupada por Aliaga.
El 28 de septiembre de 2017, la Junta Electoral del COMZ validó ambas candidaturas. Después,
“al no existir el Consejo autonómico de colegios de médicos de Aragón”, era al Consejo General de Colegios de Médicos a quien correspondía decidir sobre la posible falta de cumplimiento de los estatutos. Es decir, dar respuesta al recurso de alzada que en primer lugar interpuso Alberdi. Sin embargo, el 24 de octubre, el Cgcom lo desestimó, agotando la vía administrativa.
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