Los sindicatos recuerdan al juez que, tras la liquidación de la empresa, los empleados deben cobrar primero, dada la deuda de los laboratorios



14 ene. 2015 19:17H
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Redacción. Córdoba
Los representantes sindicales de los trabajadores de Laboratorios Pérez Giménez han presentado este miércoles en el Juzgado de lo Mercantil número uno de Córdoba, que tramita el concurso de acreedores en el que está inmersa dicha farmacéutica, dos escritos, reclamando con el primero la documentación que precisan para poder cobrar a través del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) las indemnizaciones por despido que les corresponden a los 123 empleados cuyos contratos se extinguen en el marco del expediente de regulación de empleo (ERE) aprobado por el juez.

Precisamente, esa es la primera cuestión a la que aluden en dicho escrito los sindicalistas José Ruiz (UGT) y Pilar Relaño (CTA) y que han dado a conocer este miércoles en rueda de prensa, al hecho de que el titular del Juzgado de lo Mercantil, Fernando Caballero, ha aprobado un ERE para 123 trabajadores, dejando en suspenso la extinción de contratos de los otros 23 empleados, a la espera de que se resuelva el recurso planteado por la sociedad Globaleronautic contra el auto del juez que les retiró la adjudicación de la empresa el pasado verano.

La cuestión, según han recordado los representantes de los trabajadores en su escrito, es que el acuerdo que alcanzaron el pasado diciembre con la Administración Concursal para el ERE extintivo "no se corresponde con el auto dictado por ese juzgado, sin que a tales efectos se nos haya dado audiencia, ni por el juzgado, ni por la autoridad laboral", y ello a pesar de que dicho acuerdo "prevé la extinción de todos los contratos laborales, según la exigencia de la Administración Concursal, ante la inactividad económica del laboratorio, existiendo obligación por parte del juzgado, en el caso de acuerdo, de elevar el mismo a auto", tal y como prevé la ley concursal.

A ello hay que sumar que los trabajadores aprecian la "existencia de fraude y abuso de derecho por parte de la Administración Concursal, puesto que en el acuerdo alcanzado con ésta existía el compromiso de entregar la documentación obligatoria referida a la cuantía individualizada de las indemnizaciones por despidos y, de igual forma, las nóminas impagadas", que en algunos casos son hasta 32, "y a fecha de hoy es una documentación que los trabajadores aún no tenemos, lo que nos crea una indefensión total".

De igual forma, los sindicalistas indican al juez que, "pese haber preguntado a la Administración Concursal en el período de consultas sobre la repercusión que podría tener el recurso de queja de Globalauronautic presentado en la Audiencia Provincial, en todo momento por parte de la Administración Concursal se nos respondió que ninguna. Sin embargo, la realidad es que sí ha tenido repercusión, porque el acuerdo de extinción no se ha aplicado en su totalidad, por lo tanto, se ha alcanzado dicho acuerdo mediante engaños a los representantes de los trabajadores".

Esta es la razón por la que, "después de toda la espera y paciencia que forzosamente" han tenido los trabajadores, solicitan al juez que "tenga en cuenta esta súplica y que, al menos, la documentación necesaria para dirigirnos al Fogasa nos sea entregada a todos los trabajadores de forma urgente, dada la situación de emergencia social" en la que se encuentran muchos de los empleados.

La liquidación

En cuanto al segundo escrito presentado en el juzgado por los sindicatos, se señala que "estando el concurso de acreedores en fase de liquidación", resulta "evidente que la masa activa para atender los créditos contra la masa es insuficiente", es decir, que el dinero que se pueda obtener con la venta por lotes de la empresa ya prevista por el juzgado no podrá cubrir, ni de cerca, el pago de las deudas que acumula la farmacéutica, sobre todo cuando, bajo la gestión de los administradores concursales y con los tres años de concurso ya cumplidos, dichas deudas se han incrementado "en casi once millones de euros a noviembre de 2014", según UGT.

Precisamente, según señalan los sindicatos en este segundo escrito, la Administración Concursal tiene "la obligación de comunicar al juez del concurso que la masa activa es insuficiente para el pago de los créditos contra la masa, tan pronto conste dicha circunstancia" y entonces "el juez lo pondrá de manifiesto en la oficina judicial a las partes personadas y, desde ese momento, los criterios de pago de los créditos contra la masa se alteran sustancialmente", lo que implica que ya no serán los administradores concursales los primeros en cobrar con la liquidación, sino los trabajadores.

Así lo entienden los sindicatos y se lo comunican en este segundo escrito al juez, indicando que la Administración Concursal "deberá proceder a pagar los créditos contra la masa" comenzando por los trabajadores, "salvo los créditos imprescindibles para concluir la liquidación", pero quedando claro que en el orden de pago hay que dar prioridad a "los trabajadores frente al resto de los acreedores, incluso por delante de los administradores concursales".
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