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30 abr. 2019 14:51H
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MADRID, 30 (EUROPA PRESS)

A la vista del Informe de fiscalización de la actividad asistencial del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) en 2016, el Tribunal de Cuentas ha publicado un documento en el que insta al Gobierno a seguir todas sus recomendaciones, entre ellas recuperar las cantidades abonadas en exceso a farmacéuticas por la adquisición de los medicamentos para la hepatitis C.

El importe de gasto de los medicamentos de hepatitis C en el Ingesa ascendió a 523.273,71 euros en el ejercicio 2016. Sin embargo, no se tuvo en cuenta que la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos fijó un techo máximo de gasto para todo el SNS, superado este techo máximo de gasto de cada medicamento, el laboratorio titular se debía hacer cargo de los costes totales derivados de dichos medicamentos, por lo que debían ser suministrados al SNS a coste cero. En total supone un reintegro de más de 113.900 euros.

Asimismo, en relación con los contratos para la prestación de servicios de asistencia sanitaria con medios ajenos, y con los contratos para la gestión de los residuos sanitarios, arbitrar las medidas oportunas para supervisar su ejecución, "con el fin de asegurar la correcta realización de las prestaciones contratadas".

Denuncia que es significativo el importe de los pagos derivados de la contratación de servicios de asistencia sanitaria con empresas privadas, y señala que "se efectuó al margen de los procedimientos de contratación previstos en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público".

En concreto, para el Área Sanitaria de Ceuta, el importe de abonos en los que se produjo este hecho fue de 111.788,41 euros, y para el Área Sanitaria de Melilla, 407.304,93 euros, lo que supuso un incumplimiento de los principios generales de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad, transparencia, igualdad, no discriminación, igualdad de trato, y salvaguarda de la libre competencia.

Así, el documento aconseja establecer mecanismos específicos de evaluación y seguimiento para los organismos recurrentemente incumplidores; adoptar las medidas oportunas para mejorar la calidad de las diferentes aplicaciones informáticas utilizadas para la gestión de las prestaciones sanitarias y farmacéuticas; y arbitrar las medidas oportunas para supervisar la ejecución, adoptando las decisiones y dictando las instrucciones necesarias, con el fin de asegurar la correcta realización de las prestaciones contratadas, en relación con los contratos para la prestación de servicios de asistencia sanitaria con medios ajenos, y con los contratos para la gestión de los residuos sanitarios.

Por otra parte, recomienda al Ingesa impulsar la formalización de un convenio de colaboración con el Servicio Andaluz de Salud, con objeto de formalizar el procedimiento de derivaciones de pacientes a Andalucía. Actualmente, no existe pese al elevado número de procesos ambulatorios y hospitalarios que se realizan en Andalucía de pacientes de estas ciudades autónomas, así como de derivaciones de pacientes no asegurados.

Por otro lado, se aconseja suscribir un nuevo convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, que refleje adecuadamente las necesidades derivadas de la gestión de las prestaciones farmacéuticas y que se adapte a la normativa vigente.

En este sentido, el documento, publicado en el BOE, muestra que los pagos por compras directas de todo tipo de medicamentos efectuados por la Gerencia de Atención Sanitaria de Melilla sin haber formalizado contrato alguno ascendieron a 7.509.352,62 euros durante el ejercicio 2016, lo que supuso el 89,68% del total de las compras del citado ejercicio. Este porcentaje es todavía mayor en la Gerencia de Atención Sanitaria de Ceuta, donde representa un 98,39% del total de las compras de medicamentos.

En consecuencia, ambas Gerencias efectuaron la mayor parte de sus adquisiciones de medicamentos (en concreto, el 94,02%) al margen de los procedimientos de contratación previstos, "lo cual conllevó el incumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, salvaguarda de la libre competencia, igualdad de trato y no discriminación" los cuales deben regir en cualquier procedimiento de contratación administrativa.

Dentro de estas adquisiciones directas existen medicamentos cuya compra debió realizarse dentro de los Acuerdos Marco; concretamente efectuaron compras directas de medicamentos, respectivamente, por importe de 1.953.999,50 euros en Ceuta (23,88% del total de compras directas) y de 350.471,73 euros en Melilla (4,67%).

Además de lo anterior, es de obligado cumplimiento remitir al Tribunal de Cuentas una copia certificada del documento siempre que la cuantía del contrato, en el caso de los suministros, supere los 450.000 euros anuales. Pues bien, "a pesar de existir en el ejercicio 2016 compras a un mismo proveedor de medicamentos por parte de las Gerencias de Atención Sanitaria de Ceuta y Melilla que superaron el citado importe, dado que las mismas se realizaron sin utilizar ninguno de los procedimientos previstos en el TRLCSP (fueron compras directas), no se envió ningún tipo de información al Tribunal de Cuentas".

En concreto, los suministros que superaron en el ejercicio 2016 el importe de 450.000 euros para un mismo proveedor y que no fueron remitidos al Tribunal de Cuentas ascendió a 4.667.271,57 euros (cinco proveedores) en Ceuta y a 3.475.344,89 euros (cuatro proveedores) en Melilla.

OTROS HECHOS OBSERVADOS EN EL INFORME

Dentro de los diversos incumplimientos que documenta el informe, destaca que se detectaron hechos que suponen riesgo de un exceso de facturación, como la prescripción de 122 resonancias magnéticas depróstata con la técnica de espectroscopia, técnica que no aparecía prevista en el contrato, por importe de 33.835,60 euros, y la prescripción de 74 resonancias magnéticas de mamas efectuadas por el anterior jefe de la Sección de Radiología del Hospital Comarcalde Melilla, quien a su vez fue accionista, hasta el 8 de julio de 2014, de la empresa adjudicataria.

Estas pruebas que fueron prescritas con el máximo nivel de detalle (incluían la totalidad de las técnicas adicionales previstas en el contrato), y supusieron consecuentemente un mayor importe de facturación.

Por otro lado, debería adoptar las medidas oportunas para corregir las deficiencias detectadas en las diferentes aplicaciones informáticas; y adoptar las medidas oportunas de control interno que garanticen que se publica la información institucional, así como la relación de convenios de asistencia sanitaria concertada suscritos en el ejercicio, y aquella otra información específica exigida en relación con el Plan Estadístico Nacional.

Y recomienda establecer un procedimiento de facturación a pacientes no asegurados. El coste económico por las asistencias sanitarias prestadas a personas no aseguradas en el período 2012 a 2016 en el Ingesa, de acuerdo con los datos facilitados por el propio Instituto, experimentó un aumento del 34,58%, pasando de 10.827.809,00 euros de coste en el año 2012 a 14.571.767,22 euros en 2016.

No obstante, se recuerda que en el ámbito de la atención en urgencias, distintos indicadores son notablemente más altosen Ceuta y Melilla si se les compara con la media de todo elSistema Nacional de Salud. El ratio de frecuentación de urgencias por cada mil habitantes, que en Ceuta y Melilla supera la media del citado Sistema en un 65,96%; y el porcentaje de episodios de urgencias que finaliza con alta médica del paciente fue en Ceuta y Melilla del 91,53%, siendo superior a la media (87,03%).

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