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16 sept. 2020 10:34H
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GIRONA, 16 (EUROPA PRESS)

La Conselleria de Salud de la Generalitat ha adoptado desde este miércoles medidas restrictivas en Girona y Salt (Girona) para frenar la transmisión del virus de Covid-19 en los municipios, que contemplan la limitación de aforo en establecimientos de hostelería, tanto en interior como en terraza.

Las ha adoptado en una resolución publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Cataluña (Dogc) consultada por Europa Press, que entra en vigor este miércoles por un periodo de 15 días y sin perjuicio a otras de vigencia territorial superior.

La Generalitat recomienda a los ciudadanos salir de domicilio solo para asistir al trabajo, a centros sanitarios, cuidar a personas mayores, menores y dependientes, desplazarse a entidades financieras, acceder a establecimientos comerciales de alimentación u otros con cita previa, tener encuentros y realizar actividades culturales y de ocio con su grupo de convivencia habitual o renovaciones de permisos y documentación oficial, entre otros desplazamientos.

Recomienda que los contactos se limiten, tanto como sea posible, a las personas que integran el grupo de convivencia habitual, al que se pueden incorporar familias próximos, cuidadores y personas a quien se da apoyo para evitar su aislamiento, y señala que el grupo debe ser lo más estable posible.

Las resoluciones también remarcan adoptar medidas de higiene y protección en los centros de trabajo, potenciando el uso del teletrabajo cuando sea posible, respetar la distancia física interpersonal en los comercios y aplicar el plan sectorial de comercio aprobado por el Procicat, limitar al 33% los actos religiosos, y en las reuniones sociales de hasta 10 personas no consumir alimentos ni bebidas.

HOSTELERÍA

Respecto a los establecimientos de hostelería y restauración, la resolución indica que el consumo se debe realizar siempre en mesa, en el interior el aforo se limita al 50% del autorizado con distancia de 1,5 metros entre mesas y un máximo de diez personas por cada una y el horario de cierre a la 1 de la madrugada.

En los establecimientos hoteleros, el aforo de los espacios comunes se sitúa en el 50%, y en los de hostelería y restauración, la capacidad de ocupación máxima de las terrazas es del 50%, con una distancia de dos metros entre mesas.

La resolución señala que se pueden llevar a cabo actividades culturales, tanto en recintos estables como al aire libre, siempre que se garantice que no se supera el 50% de la capacidad y que se cumplen las indicaciones de los planes sectoriales aprobados por el Procicat, así como realizar actividades lúdicas, recreativas y la apertura de equipamientos deportivos, sin superar el 50% del aforo.

Las actividades docentes, la de ocio infantil y juvenil y las de intervención socioeducativa, incluyendo el transporte escolar, se tienen que llevar a cabo de acuerdo con los correspondientes planes sectoriales aprobados por el Procicat y la normativa relacionada, aplicando rigurosamente las medidas de prevención y protección de la salud.

Las resoluciones indican que los desplazamientos para acudir a los centros educativos se deben hacer teniendo en cuenta las medidas dirigidas a evitar aglomeraciones en los accesos, que prevé el Plan de actuación para el curso 2020-2021.

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