Luciano Palazzo (CCOO), el ministro de Función Pública, Óscar López; y Julio Lacuerda (UGT).
El
Ministerio de Función Pública,
CCOO y
UGT han llegado este miércoles a un acuerdo para regular el acceso a la
jubilación parcial anticipada de los trabajadores de la
sanidad pública. Tal y como avanzó
Redacción Médica hace justo una semana, desde el departamento dirigido por
Óscar López se veía con buenos ojos la recuperación de un derecho suprimido en 2012 en el Estatuto Básico del Empleado Público (
Ebep), por lo que el pacto entre ambas partes -Gobierno y sindicatos- estaba cerca de cerrarse, como ya ha ocurrido. Según los dos sindicatos, el acuerdo implica el compromiso del Ejecutivo de reformar “a la mayor brevedad posible” tres leyes: el propio Ebep, la Ley General de la Seguridad Social y la Ley de Clases Pasivas. Para sellar la posibilidad de que el personal estatutario pueda también acogerse a la jubilación parcial con contrato de relevo será necesario, además, trasponer la modificación del Ebep al
Estatuto Marco.
“Con este acuerdo recuperamos un derecho suprimido con las medidas de ajuste y austeridad adoptadas por el anterior Gobierno en el año 2012, al tiempo que eliminamos una asimetría injustificada con los
trabajadores del sector privado. Se trata, además, de fomentar la transferencia de conocimiento en el sector público entre los trabajadores más veteranos y las nuevas generaciones”, ha valorado López, que ha firmado el pacto con
Luciano Palazzo, coordinador del Área Pública de CCOO, y
Julio Lacuerda, secretario general de UGT Servicios Públicos.
El acuerdo llega después de reivindicaciones sindicales y es fruto de, entre otras cosas, las reuniones de seguimiento del
Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI sellado también entre Función Pública, CCOO y UGT en 2022 y en el que se incluyó la
recuperación del derecho a la jubilación parcial anticipada, del que, hasta ahora, sólo gozaban los trabajadores del sector privado. “Este acuerdo corrige una injusticia histórica, derivada de los recortes aprobados en 2012 por el
Gobierno del Partido Popular, y amplía las opciones de jubilación de estos trabajadores y trabajadoras, que ahora podrán decidir cómo desvincularse de la Administración Pública en función de su edad y de sus circunstancias personales”, valoran desde ambas fuerzas sindicales en un comunicado.
Relevista como funcionario de carrera
Para introducir los cambios normativos apuntados, se tomará como referencia el
marco regulador de la jubilación parcial pactado este verano en la
Mesa de Diálogo Social entre el Gobierno, las patronales empresariales y los sindicatos UGT y CCOO. Fuentes de CCOO deslizaron en su momento a este periódico que una de las claves del acuerdo era la definición de la figura del relevista, de cara a evitar un problema común en estos casos: que los
contratos de relevo se prolonguen en el tiempo sin que se convoque una oposición para ocupar la plaza y acaben convirtiéndose en indefinidos de larga duración.
Al respecto, Función Pública detalla que, en el caso del sector público, el relevista se regulará como
personal funcionario de carrera, lo que obligará a prever “las plazas correspondientes en las ofertas de empleo público o instrumentos de planificación equivalentes” durante el mismo año en el que vaya a tener lugar la jubilación: “Al ser puestos que están previstos, se garantiza que esta fórmula de jubilación no genera costes presupuestarios adicionales”. “Este aspecto ayudará a reducir la precariedad en las Administraciones y evitará que se generen nuevas bolsas de temporalidad injustificadas”, añaden desde la parte sindical.
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