Imagen del primer Consejo de Ministros presencial, desde que se aprobó el estado de alarma.
El
Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto Ley que regulará la salida del estado de alarma y la “nueva normalidad” tras la pandemia del
coronavirus Covid-19. El Gobierno ha introducido modificaciones “menores” en el decreto, para incluir algunas aportaciones de las comunidades autónomas, pero el Ministerio de Sanidad, a través de la Aemps, mantendrá supervisión de los fármacos.
El real decreto incorporará las medidas necesarias para garantizar la disponibilidad de mascarillas quirúrgicas, geles hidroalcohólicos y
otros productos sanitarios necesarios para la protección de la salud.
Nueva normalidad: gestión autonómica de fármacos supervisada por la Aemps.
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El stock o las cantidades suministradas de los medicamentos considerados esenciales en la gestión de la crisis sanitaria, tendrá que ser comunicado a la
Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) para garantizar en todo momento su abastecimiento. Cuando exista una situación de excepcionalidad sanitaria o cuando la situación de vulnerabilidad del paciente lo requiera,
las CCAA podrán establecer las medidas oportunas para la dispensación de fármacos de forma no presencial.
Dicho real decreto apunta, entre otras cuestiones, que las
mascarillas seguirán siendo obligatorias una vez finalizado el estado de alarma, y que habrá sanciones de hasta cien euros para quien no cumpla dicha obligación en espacios cerrados.
Además, tal y como ha informado el ministro Illa, se introduce, el deber de
las CCAA de suministrar información cuando se produzcan situaciones de emergencia para la salud pública, para garantizar la adecuada coordinación entre las autoridades sanitarias y reforzar el funcionamiento del Sistema Nacional de Salud.
En este sentido, deberán continuar facilitando los datos necesarios para el seguimiento y la vigilancia epidemiológica del Covid-19, así como la situación de la capacidad asistencial y necesidades de recursos humanos y material. También, el real decreto recoge
la declaración expresa de la Covid como enfermedad de declaración obligatoria urgente.
El real decreto incorporará las medidas necesarias para garantizar la disponibilidad de mascarillas quirúrgicas
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Control de la pandemia
Los
servicios de salud garantizarán que, en todos los niveles de la asistencia, y de forma especial en la atención primaria, se le realizará a todo caso sospechoso una prueba diagnóstica por PCR u otra técnica de diagnóstico molecular, tan pronto como sea posible desde el conocimiento de los síntomas, y que
toda la información se transmita en tiempo y forma.
Las CCAA deberán velar por garantizar un número suficiente de profesionales involucrados en la prevención y control de la enfermedad, su diagnóstico temprano, la atención a los casos y la vigilancia epidemiológica,
así como crear planes de contingencia para asegurar una respuesta rápida y coordinada.
En cuanto a los centros residenciales de personas mayores o con necesidades especiales, las administraciones competentes deberán garantizar la coordinación de estos centros y disponer de planes de contingencia por Covid-19 orientados a la identificación precoz de posibles casos entre residentes y trabajadores, y
sus contactos.
Los establecimientos, medios de transporte o cualquier otro lugar, centro o entidad pública o privada en los que las autoridades sanitarias identifiquen la necesidad de realizar trazabilidad de contactos, tendrán la obligación de facilitar a las autoridades sanitarias la información de la que
dispongan relativa a la identificación y datos de contacto de las personas potencialmente afectadas.
Medidas de prevención
Las medidas de prevención e higiene, como la obligatoriedad de utilizar mascarillas siempre que no se garantice la distancia interpersonal, continuarán vigentes en el periodo de nueva normalidad.
Se mantiene la obligación de llevar mascarilla en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.
En transporte marítimo se adapta la obligación a las particularidades de este modo de transporte.
También se contempla la adopción de medidas de prevención e higiene en el entorno de trabajo, tales como la ordenación de los puestos de trabajo o la organización de los turnos para evitar aglomeraciones, así como en los establecimientos comerciales,
en los centros residenciales de carácter social o en las actividades de hostelería y restauración.
Validación en el Congreso
Esta norma deberá de ser ahora convalidad en el Congreso. Por eso el Ejecutivo ha estado ya negociando con varios partidos esta convalidación y ayer por la noche logró ya el acuerdo con el
PNV, que ha comprometido su voto a favor como hizo en la última prórroga de la alarma.
También está hablando el Gobierno con Ciudadanos, que igualmente votó sí en la última prórroga y que ahora, para dar su apoyo a este decreto ha reclamado “mejoras” en las medidas sobre protección de la salud, para “reforzar la prudencia”. Se está hablando igualmente con ERC,
aunque fuentes del Ejecutivo admiten que en este caso la negociación está siendo más difícil.
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