Jesús Vicioso Hoyo. Madrid
El Registro estatal de profesionales sanitarios se aprobó hace cuatro meses, pero todavía tenía flecos que limar, que serán los que se aborden en el próximo Consejo Interterritorial (CI). No eran aspectos sustanciales, pero sí básicos para que esté a pleno rendimiento cuando empiece a funcionar, en 2015.
José Javier Castrodeza, director general de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
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El acuerdo propuesto a tratar el próximo 3 de diciembre aborda el soporte, formato y otras características de la transferencia de datos del registro, y el acceso a los datos que no tengan carácter público por parte de las administraciones públicas sanitarias que tengan competencia vinculada a estas finalidades.
Respecto a los criterios de transferencia y acceso, no hay ‘sorpresa’. Se harán mediante soporte electrónico a través de un portal digital específico que estará ubicado en la Sede electrónica del Ministerio de Sanidad. Eso sí: los datos tendrán que ajustarse a los estándares existentes en cuanto a la interoperabilidad nacional.
En cuanto al acceso a los ficheros incorporados, el CI ratificará que los datos, antes de ser inscritos, tendrán que ser contrastados por el órgano encargado del registro “mediante el cruce y la depuración de la información”, según recoge el acuerdo que se pondrá sobre la mesa. En éste también se indica que las administraciones sanitarias de las comunidades con competencias en materia de planificación de necesidades de profesionales sanitarios y de coordinación de políticas de recursos humanos podrán “acceder a los datos incorporados al registro”, pero solo en el caso de los profesionales que trabajen dentro de su ámbito territorial.
De igual forma, se da vía libre al acceso tanto de las administraciones como de corporaciones colegiales del ámbito sanitario con competencias sancionadoras precisamente para ver este tipo de resoluciones “que afecten a la situación de suspensión o inhabilitación de los profesionales sanitarios incorporados al registro”.
Actualización en los listados de colegios y consejos
Por otro lado, el CI también actualiza los principios generales de otros listados, en este caso los registros de profesionales de los colegios, consejos autonómicos y generales de las profesiones sanitarias. Es un simple acuerdo que viene a decir que cada uno de estos organismos tienen que tener en cuenta los cambios normativos realizados en los últimos tiempos, incluyendo el Registro estatal anteriormente citado.
Asimismo, se exige que cada colegio o consejo autonómico y general incluya a los sanitarios colegiados que ejerzan, o no, su actividad en el ámbito territorial correspondiente. Finalmente, se especifica los datos básicos a compilar y que su soporte digital, diseño y estructura garantizarán el acceso de cada uno de los profesionales interesados, de las propias administraciones y de los ciudadanos, en este último coas, “a los datos que tengan carácter público”.
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