Ana Redondo, ministra de Igualdad.
La
Ley de representación paritaria de mujeres y hombres aprobada recientemente en
Consejo de Ministros da un margen de algo menos de tres años a los
colegios profesionales de naturaleza sanitaria para ‘amoldar’ sus juntas de gobierno a las nuevas directrices, que establecen que ninguno de los dos sexos puede tener una
representación menor al 40 por ciento. En concreto, la fecha límite se sitúa en el
30 de junio de 2026. Para 2028, además, deberán alcanzar esas cotas de igualdad los consejos de administración y alta dirección de todas las “
entidades de interés público”.
Aunque esta
Ley orgánica de representación paritaria y presencia equilibrada de hombres y mujeres fue alumbrada la pasada legislatura, la interinidad del Gobierno central provocada por el electoral obstaculizó su tramitación. El nuevo Consejo de Ministros dio
luz verde este mismo diciembre a la norma, que no incluye modificaciones respecto al proyecto inicial.
Según recoge el proyecto, que ha sido publicado en su conjunto este viernes en el
Boletín Oficial del Estado (BOE), en las juntas de gobierno, comités de dirección u órganos asimilados de los consejos generales y colegios profesionales “se garantizará que los miembros del sexo menos representado
ocupen como mínimo el 40 por ciento de los puestos” salvo que existan “
razones objetivas y debidamente fundadas”. “Y siempre que se adopten medidas para alcanzar ese porcentaje”, desliza.
"Explicaciones" por no cumplir la cuota de paridad
De salir adelante definitivamente la norma, esta modificaría la actual
Ley 2/1974 sobre colegios profesionales, concretamente su artículo 11, que afecta a su
memoria anual. En concreto, la nueva legislación establece que este tipo de organismos deberá realizar un informe al año que incluya, más allá de la gestión económica y los gastos de personal, información sobre el “número de miembros de la Junta de Gobierno
desglosados por sexo”.
“Si el porcentaje de miembros del sexo menos representado no alcanza el 40 por ciento se proporcionará una explicación de los motivos y de las
medidas adoptadas para alcanzar ese porcentaje mínimo”, concreta.
Esta memoria anual “deberá hacerse pública a través de la página web
en el primer semestre de cada año”.
Las modificaciones previstas para los colegios profesionales “se aplicarán gradualmente en la
designación de los miembros” de las juntas de gobierno de este tipo de organizaciones, “debiendo alcanzar el porcentaje del 40 por ciento del sexo menos representado en dichos órganos a fecha de
30 de junio de 2026”.
Respecto a los
consejos de administración y alta dirección de las entidades de interés público, estas deberán “alcanzar el porcentaje del
33 por ciento del sexo menos representado en dichos órganos a fecha 30 de junio de 2026 y del
40 por ciento el 30 de junio de 2028”.
Paridad en los colegios profesionales sanitarios
Según la
Federación de Asociaciones Científico Médicas Españolas (Facme), en las
juntas directivas de los colegios oficiales de Medicina el porcentaje de mujeres oscilaba (con datos de hasta 2021) entre el 11 por ciento de Burgos y el 64,3 por ciento de Cantabria. "Solo
siete de los 52 colegios de médicos en España tuvieron una
mujer presidenta".
No obstante, el grado de feminización ha ido aumentando en este tipo de organizaciones. En el caso de la actual junta permanente del Colegio Oficial de Médicos de Burgos "está compuesta por un
50 por ciento de mujeres y otro 50 por ciento de hombres”.
En el caso de las
academias de Medicina, el porcentaje oscila entre el 0 por ciento de Salamanca, Sevilla, Asturias, Galicia y Valladolid y el 50 por ciento de Cataluña, siendo el cargo más frecuente el de secretaria general (23,1 por ciento).
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