Fernando Grande-Marlaska, ministro de Interior.
El
Ministerio del Interior avanza hacia la modernización de la
gestión de las bajas médicas para el Cuerpo de la
Guardia Civil potenciando la implementación y el
uso de medios electrónicos. Según detalla en su proyecto de Real Decreto por el que se regula la gestión de la
incapacidad temporal del personal de esta fuerza de seguridad, sacado a audiencia pública, esta iniciativa busca optimizar los sistemas de administración de la información para “registrar de una manera
ágil,
sencilla y
práctica” los datos contenidos en estos partes.
Junto a esto, la protección de datos es una prioridad en la nueva normativa, que dedica un artículo completo a su
regulación. En este sentido, el acceso a la
información sanitaria estará restringido a los
facultativos y
personal administrativo de la Sanidad de la Guardia Civil, que deberán “guardar secreto profesional y el debido sigilo” al respecto. Además, el personal deberá “aplicar las medidas técnicas y organizativas apropiadas para
garantizar el nivel de seguridad adecuado”.
Según detalla el documento, este real decreto “otorga prioridad al favorecimiento del
uso de medios electrónicos en los procedimientos”, con el objetivo de “simplificar y
reforzar la eficiencia en la gestión y tramitación de la documentación que sustenta los procesos de incapacidad temporal, con conciencia de la singularidad en materia de
asistencia sanitaria al personal de la Guardia Civil”. Para ello, “se habilita lo necesario para asegurar la
protección de datos de carácter personal y los de salud por su categoría especial”.
Gestión de citas médicas en la Guardia Civil
El proyecto también facilita la gestión de comunicaciones y
citas médicas a través de medios
telemáticos. Para ello, desde el momento de presentar el
parte de baja temporal, el personal de la Guardia Civil deberá proporcionar “el domicilio, teléfono/s de contacto,
correo electrónico y cualquier otro medio de comunicación telemática que considere adecuado” para las comunicaciones y
notificaciones durante el periodo de incapacidad, tal y como especifica el real decreto.
“Cualquier modificación de la información aportada deberá ser
actualizada con la mayor prontitud posible, todo ello sin perjuicio de los requisitos y procedimientos establecidos en la normativa que regula la
residencia,
desplazamiento y
localización del personal de la Guardia Civil”, añade.
El uso de sistemas electrónicos no solo agiliza la gestión de datos, sino que también proporciona
flexibilidad al proceso. Por ejemplo, en caso de que un guardia civil no pueda asistir a una
cita médica programada por razones justificadas, el decreto establece que “se le propondrá otra nueva con la misma antelación mínima”.
Atención psicológica para guardias civiles
Este decreto también dedica un apartado específico a la
atención psicológica para los profesionales del Cuerpo de la Guardia Civil. Para ello, indica que los órganos de estas unidades deben proporcionar “el apoyo preciso a los órganos de la
Sanidad de la
Guardia Civil”. Su papel es el de informar a los servicios médicos “sobre la evolución del personal que se encuentra de
baja temporal por causa psiquiátrica para que realicen un adecuado control y seguimiento”.
El real decreto señala que se debe atender también al personal que “sin estar de baja médica, esté bajo
tratamiento psiquiátrico o psicofarmacológico”. En concreto, indica que la asistencia psicológica debe informar “a quien ostente el mando de la Jefatura de Personal de la unidad de nivel comandancia o superior sobre la conveniencia de adoptar medidas específicas y sobre la conveniencia de
suspender su implementación, en el momento en que hubieran desaparecido las causas que las motivaron”.
Además, se recoge que la persona titular del
Ministerio del Interior determinará “las reglas y criterios a seguir para la adopción de medidas específicas con finalidad preventiva” en aquellos casos “en que por la naturaleza de las circunstancias que concurran en el personal de la
Guardia Civil se pueda prever racionalmente la posibilidad de conductas que supongan un grave
riesgo contra el personal de la Guardia Civil o terceras personas”.
Entre las medidas específicas se detallan las de
retirada de armamento oficial y particular, y la limitación para conducir o pilotar vehículos, embarcaciones o aeronaves oficiales. Junto a estas, podrán incluirse otras medidas como el acceso a determinadas
bases de datos o la retirada de la tarjeta de identidad profesional.
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