Ratifica una sentencia previa que señala que no reúne los requisitos exigidos por no ejercer la profesión de enfermero



26 may. 2013 22:12H
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Redacción. Madrid
Las últimas elecciones en las que Máximo González Jurado fue ratificado como presidente del Consejo General de Enfermería (CGE), celebradas en diciembre de 2010, "pretendían consumar, con celeridad, una ilegalidad ya declarada por sentencia firme. Es más, la elección del mismo presidente que no cumplía los requisitos obligatoriamente exigidos, declarados por este Tribunal Supremo en sentencia firme, no solo no ejecuta la sentencia, sino que lo que pretende es eludir o burlar su cumplimiento".

Máximo González Jurado.

Así se manifiesta la sección cuarta de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, en una sentencia a la que ha tenido acceso Redacción Médica, tras el recurso de casación planteado por el Colegio Oficial de Diplomados de Enfermería de Madrid contra la sentencia del 20 de enero de 2012 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre la convocatoria de la asamblea general del CGE celebrada el 15 de diciembre de 2010.

El Supremo admite este recurso de casación y el recurso contencioso administrativo del Colegio madrileño contra la resolución de González Jurado de 3 de diciembre de 2010 que convocó la citada asamblea general, por lo que se declara nula la convocatoria, la celebración de la asamblea y los acuerdos que en ella se adoptaron, referentes a las aportaciones de los colegios provinciales de Enfermería para el año 2011, al certificado de ingreso en la organización colegial y a la contratación de la póliza de responsabilidad civil para los profesionales de la organización colegial.

El Supremo señala que la convocatoria de la citada asamblea general es nula porque se efectuó por un presidente cuya elección también había sido declarada nula por este mismo órgano en sentencia del 3 de noviembre de 2011. Esta sentencia anulaba la elección de González Jurado como presidente del CGE por no reunir los requisitos exigidos, pues lo que se exige es "el ejercicio de la profesión de enfermero, pues ejercer de tal no admite otra acepción no solo gramatical sino de cualquier otro significado que no sea la de la práctica de una profesión u oficio (...). No se puede tener por ejercida la misma porque se ejerza su docencia".

La Comisión Ejecutiva del CGE, tras esta sentencia, convocó nuevas elecciones, ganadas por González Jurado, quien fue proclamado presidente el 3 de diciembre de 2010, y quien convocó la asamblea general del 15 de diciembre. La elección de González Jurado ya fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en un auto fechado el 21 de febrero de 2011, en el que se lee que "la convocatoria de elecciones incumple de modo flagrante la primera sentencia del Supremo, y ello con independencia del resultado del proceso electoral indebidamente convocado".

 

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