Yolanda Díaz, ministra de Trabajo.
El Gobierno retocará la ley de protección de los profesionales de salud y del resto de trabajadores expuestos a
agentes cancerígenos para amoldarla a los estándares europeos. La norma, que se encuentra ahora abierta a las aportaciones de agentes sociales y empresariales, está orientada a reforzar el
control sanitario sobre las actividades en las que se manipulen, almacenen o transporten
sustancias peligrosas, así como sobre los entornos en los que haya riesgo de intoxicación, por ejemplo, por inhalación de
amianto.
En el documento que el Ministerio de Trabajo ha lanzado a consulta pública se hace hincapié en la necesidad de adaptar el
real decreto de protección de los trabajadores contra riesgos por exposición a agentes cancerígenos a la nueva
directiva UE 2022/431, que incorpora medidas de seguridad ante
reprotóxicos. Es decir, aquellas sustancias que puedan tener efectos adversos sobre la función sexual y la
fertilidad de hombres y mujeres, así como sobre sus descendientes.
Por ello se introducirán
nuevas definiciones y se adaptarán las medidas preventivas de seguridad. En concreto, se añadirán especificaciones para acrilonitrilo; compuestos de níquel; plomo inorgánico y sus compuestos; N,N-dimetilacetamida; nitrobenceno; N,N-dimetilformamida; 2-metoxietanol; acetato de 2- metoxietilo; 2-etoxietanol; acetato de 2-etoxietilo; 1-metil-2- pirrolidona; mercurio y compuestos inorgánicos divalentes del mercurio, incluidos el óxido de mercurio y el cloruro de mercurio (medidos en mercurio); bisfenol A; 4,4’-isopropilidendifenol y monóxido de carbono.
“Asimismo, en vista de los últimos avances en los conocimientos científicos, se modifica la tabla de
valores límite de exposición profesional incorporando nuevos agentes y disminuyendo el valor límite del
benceno”, recoge el escrito.
Etiquetado y tiempo de aseo
De acuerdo con la nueva normativa, el empresario o responsable del lugar de trabajo deberá garantizar que el nivel de
exposición de sus trabajadores a agentes cancerígenos, mutágenos o reprotóxicos “se reduzca a un valor
tan bajo como sea técnicamente posible”.
Ello conlleva el diseño de procesos de trabajo y medidas técnicas destinadas a “evitar o reducir al mínimo la
formación de agentes cancerígenos”, limitar “al menos número posible los trabajadores expuestos” y evacuar estas sustancias tóxicas por extracción localizada o ventilación general “en condiciones que no supongan un
riesgo para la salud pública y el medio ambiente”.
También se establece que todos los recipientes, envases e instalaciones que contengan agentes cancerígenos, mutágenos o reprotóxicos deberán estar “
etiquetados de manera clara y legible y colocar señales de peligro claramente visibles, de conformidad todo ello con la normativa vigente en la materia”.
“Los trabajadores identificados en la
evaluación de riesgos como expuestos dispondrán, dentro de la jornada laboral, de un máximo de
10 minutos antes de la comida (para su aseo) y otros
10 minutos antes de abandonar el trabajo. Este tiempo en ningún caso podrá acumularse ni utilizarse para fines distintos a los previstos”, señala.
Finalmente, el RD dicta que el empresario “garantizará una vigilancia adecuada y específica de la salud de los trabajadores” mediante el “
personal sanitario competente” y “según determinen las autoridades sanitarias en las pautas y protocolos que se elaboren”.
Amianto en hospitales
La norma no solo afectará a los profesionales sanitarios que están expuestos a sustancias peligrosas (bien por cuestiones vinculadas a investigaciones o por su contacto con pacientes contagiosos), sino también a aquellos que trabajan en instalaciones en las que se puedan detectar
problemas de toxicidad.
Recientemente, de hecho, se encontró
amianto en el edificio del Hospital de Basurto (Bilbao) ubicado en el mismo lugar donde se construirá la futura
Facultad de Medicina y Enfermería de la Universidad del País Vasco (UPV/EHU). También se halló este peligroso mineral en otro hospital de Zamudio hace pocas semanas.
“En cuanto a la protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de exposiciones al amianto, regulada por su normativa específica, serán de aplicación las disposiciones de este real decreto cuando éstas sean
más favorables para la seguridad y salud de los trabajadores”, recoge el documento.
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