Estudiantes de Formación Profesional del área de la Sanidad.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado el
Real Decreto de ordenación de la Formación Profesional (FP), que entrará en vigor el próximo curso académico y que, entre otras cuestiones, establece los
criterios de convalidación de créditos entre los títulos de FP y los grados universitarios de la misma familia profesional, incluida la
Sanidad.
La norma, una de las últimas que saca adelante el Gobierno de coalición y que fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado martes,
busca paliar las carencias de la FP para conectarla con el mercado laboral y se basa, entre otras cuestiones, en la ampliación de la oferta de FP, la obligación de que las formaciones tengan carácter dual y la agilización de la acreditación de competencias profesionales adquiridas fuera del ámbito académico.
En ese contexto de continuo refuerzo de la FP, hay que recordar que, por ejemplo, el pasado mayo,
el BOE publicó la actualización de las enseñanzas mínimas para obtener los títulos de técnico en
Emergencias Sanitarias, en
Farmacia y
Parafarmacia, y los de
Técnico Superior en Audiología Protésica y Prótesis Dentales. El recién aprobado Real Decreto dicta, en su disposición adicional vigésima, que los títulos de la familia profesional de Sanidad tendrán
“reserva de denominación” y que no podrá coincidir con otros títulos o certificados de formación profesional “o con títulos universitarios o de especialista en Ciencias de la salud que habiliten para el ejercicio de una profesión sanitaria”, según lo establecido en la
Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias.
¿Qué especialidades pueden convalidarse?
En el caso del área sanitaria, el Real Decreto vincula directamente los títulos de FP de Grado Superior en Sanidad con los grados de
Biología y genética,
Bioquímica y biotecnología,
Ciencias biomédicas, Ciencias
medioambientales y ecología,
Enfermería,
Farmacia,
Fisioterapia, podología, nutrición y dietética, terapia ocupacional, óptica y optometría, logopedia,
Medicina y odontología, y
Veterinaria.
Se podrán reconocer tanto créditos cursados en FP para acceder a un grado universitario como
viceversa. En el caso de que se quiera entrar en alguno de los grados indicados, se ha de contar con
un título de técnico o técnica superior de FP, así como con
un título de grado universitario para cursar un ciclo formativo de Grado Superior.
¿Cómo puedo cursar un grado en Sanidad a partir de FP y viceversa?
El
reconocimiento de estudios entre títulos de técnico superior de FP y títulos universitarios oficiales de grado se llevará a cabo, de manera genérica, en términos de
créditos ECTS. La convalidación no podrá ser
ni inferior al 15 por ciento y ni superior al 25 por ciento de la carga de créditos total de la formación a la que se quiera acceder. En el caso de la FP, el reconocimiento se hará entre el conjunto de módulos de la parte obligatoria del currículo, y en el de los títulos de grado, entre las asignaturas o materias de carácter básico, obligatorio y optativo.
Al margen de todo ello, en el texto se destaca que seguirá vigente la posibilidad de convalidar créditos entre títulos de Técnico Superior de FP y de grado por
vías alternativas y tras haber estudiado previamente los programas y currículos académicos de ambas formaciones.
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