Carmen Montón, ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
El
Ministerio de Sanidad se está dando toda la prisa posible para recuperar la
universalización de la asistencia sanitaria. Para ello, va a optar por la vía del
Real Decreto que modifique la actual
Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
Redacción Médica ha tenido acceso al
borrador del decreto ley que el Ministerio ha entregado a las Comunidades Autónomas (CCAA) donde se especifica en qué consistirá la universalización de la asistencia y cuáles serán sus competencias al respecto.
El Ministerio de
Carmen Montón planea otorgar un gran
protagonismo a las comunidades autónomas, pues serán las encargadas de fijar los procedimientos para que las personas sin nacionalidad española y en situación irregular puedan ser atendidos: "Las comunidades autónomas, en el ámbito de sus competencias, fijarán el procedimiento para la solicitud y expedición del documento certificativo que acredite a los extranjeros para poder recibir la prestación asistencial".
El decreto ley que prepara el Gobierno establece que en aquellos casos en los que
las personas extranjeras no hayan superado el
período de estancia temporal que marca la ley, será necesario la
emisión de un informe previo favorable de los servicios sociales competentes de las comunidades autónomas.
Serán éstas las que tendrán que comunicar al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, mediante el procedimiento que se determine, los documentos certificativos que se expidan para la aplicación de la sanidad universal.
Modificación de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos
El Real Decreto que prepara el Gobierno para recuperar la universalización de la asistencia sanitaria también incluye una
modificación de la Ley de garantías y uso racional de los medicacmentos y productos sanitarios. Esta modificación, incorpora a los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España a dicha ley, donde se señala que deberán aportar un 40 por ciento del precio (pvp) de los medicamentos y productos sanitarios que requieran. Es el mismo porcentaje que actualmente se aplica a las personas que ostenten la condición de asegurado activo y sus beneficiarios.
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