Así lo ha acordado este martes el Consejo de Ministros tras las reinvindicaciones de los profesionales meses atrás

Coronavirus en personal sanitario: accidente laboral "a todos los efectos"
María Jesús Montero.


26 may. 2020 17:00H
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La ministra portavoz, María Jesús Montero, ha anunciado este martes que, dentro del eje laboral y de Seguridad Social del Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros, se aborda la "cobertura al personal sanitario que presta atención en los centros sanitarios o sociosanitarios" y que se ha contagiado de Covid-19

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Accidente laboral "a todos los efectos".

En este sentido, se "reconoce que las prestaciones a este colectivo, cuando han contraído la enfermedad Covid-19 durante cualquier fase de la epidemia, se considerará accidente de trabajo y lo hará a todos los efectos, tal y como acreditarán los servicios de prevención de Riesgos Laborales y Salud Laboral".

En caso de fallecimiento, ha concretado Montero, "se considerará también como causa el accidente de trabajo, siempre que se produzca dentro de los cinco años siguientes al contagio de la enfermedad".

Hasta ahora este tipo de contingencias se consideraban de carácter común asimiladas de accidente de trabajo a efectos de incapacidad temporal y ahora vienen a considerarse contingencia profesional derivada de accidente de trabajo, lo que supone una mayor cobertura para los casos en que dicha enfermedad cause incapacidad permanente o el fallecimiento para estos trabajadores.

Reivindicación de los profesionales


Los profesionales sanitarios llevan meses reivindicando que el contagio de los sanitarios se considere enfermedad profesional a todos los efectos para que sus salarios no sufran recortes, así como las indemnizaciones. De esta forma, se reconoce la demanda que venía realizando colectivos como la Organización Médica Colegial, sindicatos médicos y en especial la labor realizada desde la Asesoría Jurídica del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España a través del equipo que dirige el letrado Ricardo de Lorenzo.

Tras conocerse la noticia, la Organización Médica Colegial (OMC), que habían solicitado a los Ministerios de Sanidad y Trabajo esta consideración y que ha redactado un extenso informe en este sentido, ha expresado su "satisfacción por la aprobación por parte del Consejo de Ministros para que los contagios y fallecimientos por Covid-19 en sanitarios sean accidente de trabajo". 

Ricardo De Lorenzo, doctor en Derecho y presidente honorario del Bufete De Lorenzo Abogados y autor del informe, explicaba en una entrevista concedida a Redacción Médica que "la enfermedad profesional es un constructo legal, es decir una construcción legal o normativa que configura, delimita y concreta lo que es enfermedad profesional en base a lo establecido en la Ley General de la Seguridad Social que establece su concepto y al Real Decreto 1299/2006 que aprueba el Cuadro de Enfermedades Profesionales".

Para considerarse enfermedad profesional, explicaba entonces el experto "se requieren tres requisitos: una enfermedad recogida en el listado; un riesgo probado de exposición al agente causal específico para esa enfermedad y una profesión con actividades en las que se está expuesto a dicho riesgo causante de la enfermedad".

Propuesta sindical


"Es importante porque está relacionado con el futuro del médico o, por ejemplo, respecto a los fallecidos. No es la misma retribución, incluso si se viera que la Covid-19 deja secuelas, la indemnización tendría que ser mayor si se considerara enfermedad profesional", adviertía a Gabriel del Pozo, secretario general de CESM.

"Los contagios se tramitan actualmente como contingencia común por parte del facultativo de Atención Primaria con un código de enfermedad especial, para que el INSS lo traslade a la Mutua de cara a que a efectos económicos conste como contingencia profesional, sin que compute como accidente de trabajo en las estadísticas", señalaba CCOO, que añadía: "No se ha establecido ningún procedimiento especial para notificar los casos de coronavirus contraído con motivo del trabajo, por lo que la única vía para lograr el reconocimiento es la reclamación de determinación de contingencia ante el INSS".
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