En el estatuto, que está pendiente de aprobación, se incluye una renovada comisión de asistencia de salud

El nuevo estatuto de Muface, paralizado hasta que esté cerrado el calendario normativo.
La gran novedad del estatuto de Muface es la nueva comisión técnica de Asistencia Sanitaria.


8 feb. 2023 11:40H
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El nuevo estatuto de la Mutualidad General de los Funcionarios Civiles del Estado (Muface) seguirá teniendo que esperar para aprobarse. A pesar de que esta nueva normativa se anunció en 2021 con intención de que entrara en vigor durante 2022, lo cierto es que la fecha de salida aún se demorará un poco más. Como mínimo, hasta que esté cerrado el calendario normativo de este año, según ha explicado el Ministerio de Hacienda a Redacción Médica.

El objetivo de esta nueva normativa, que es uno de los proyectos del Plan Muface Avanza, es mejorar y modernizar el funcionamiento de la institución a nivel interno, para adaptarlo así a la actualidad. La gran novedad es la nueva comisión técnica de Asistencia Sanitaria, que, según el borrador, se reunirá dos veces al año.

Este nuevo grupo estará presidido por la persona titular de la Dirección General de Muface, que en este momento es Myryam Pallarés. Los demás componentes son: la persona titular de la Subdirección General de Asistencia Sanitaria; y los representantes de la Administración Civil del Estado que designe la Presidencia del Consejo General de entre los consejeros de esta representación.

Asimismo, se incluye a un vocal por cada una de las organizaciones sindicales, que serán elegidos por y entre las personas que tengan la condición de vocales; y también actuará como secretario una persona que designe la Presidencia. Este cargo tendrá voz, pero no voto. También podrán asistir asesores y personal experto.

Además de la comisión de Asistencia Sanitaria, también habrá otra de prestaciones sociales. Ambas comisiones sustituirán a la Comisión Permanente.


Capítulos del nuevo estatuto


El nuevo estatuto constará de tres capítulos. En el primero se encontrarán las disposiciones generales sobre la naturaleza, adscripción, denominación y régimen jurídico. En este apartado también recaerá el objeto de la acción de la Mutualidad y sus principios de acción.

En el segundo capítulo se desarrollará la estructura orgánica, detallando cada una de las funciones de sus órganos. La estructura orgánica se articula en torno a unos servicios centrales y periféricos y está formada por órganos de participación en el control y vigilancia de la gestión, es decir, el Consejo General, Comisiones Técnicas del Consejo General, y en el nivel periférico, las Comisiones. Además de órganos de dirección, como es la Dirección General y órganos de gestión.

En el tercer y último apartado, se detalla el régimen jurídico del organismo, y cuenta con referencia al régimen de personal, contratación, patrimonial o de recursos y régimen jurisdiccional.
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