Exterior de la sede de Muface.
El
Boletín Oficial del Estado (BOE) ha oficializado este jueves la prórroga del convenio de colaboración entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (
Muface) y el
Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) hasta
2026. Este acuerdo introduce tres modificaciones: la eliminación del
cambio ordinario de entidad en junio, se actualizan los criterios para la solicitud del cambio extraordinario y se cambia el proceso de incorporación de la información básica.
Este 'nuevo' acuerdo fue suscrito a mediados del pasado mes de febrero por la directora general de Muface,
Myriam Pallarés; y la directora general del INSS,
Carmen Armesto, en un acto celebrado en la sede del instituto. La renovación del convenio (que data de enero de 2018), por otros
cuatro años más, es una "muestra de la continua cooperación y trabajo" entre ambos organismos como garantes de la protección social de la ciudadanía española.
La primera de las modificaciones que introduce está relacionada con el proceso de incorporación de la información básica del
colectivo protegido por el Régimen del Mutualismo Administrativo al correspondiente módulo de la base de datos de aseguramiento sanitario
'Badas'. A este respecto, se recoge el proceso de asignación del
Código SNS a los beneficiarios de la asistencia sanitaria que carezcan del mismo. El código se incorporará a la
base de datos de colectivo de Muface.
"Una vez incorporada esta información a la base de datos de aseguramiento sanitario 'Badas', se trasvasa al Ministerio de Sanidad, que procederá a la asignación del Código del Sistema Nacional de Salud a los beneficiarios de la asistencia sanitaria que carecieran deI mismo. Código que se incorporará a la base de datos de colectivo de Muface", indica
la publicación del BOE.
Convenio Muface y Seguridad Social: novedades
El segundo cambio de la adenda de prórroga son la forma de tramitar los
traslados de domicilio del mutualista o titular del derecho que suponga una variación de la provincia o isla de residencia, así como a la eliminación del segundo periodo de cambio ordinario de entidad correspondiente
al mes de junio.
Asimismo, se modifica el apartado relativo al periodo de cambio de entidad ordinario, para
suprimir el mes de junio pero incluyendo una disposición que permita, en su caso, su
futura reactivación.
Por último, la publicación en el BOE incorpora un anexo del convenio por el que se actualizan los criterios para la solicitud del
cambio extraordinario de entidad por
razones médico-hospitalarias. Algunos de los supuestos, cuando se solicite el cambio al modelo asistencial público son los siguientes:
-
Pacientes con patología psiquiátrica.
-
Personas mayores, o con discapacidad o en situación de dependencia que se encuentren en centros residenciales públicos o concertados por los servicios sociales.
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Víctimas de violencia de género.
-
Pacientes que precisen atención en cuidados paliativos en el ámbito domiciliario y la entidad de seguro concertada no tenga la obligación de hacerse cargo de dicha atención en medios públicos por aplicación del correspondiente concierto.
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