No es aplicable a quienes se acogen a una mutualidad de previsión social en vez de al RETA



15 nov. 2013 14:58H
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Carlos Cristóbal / Imagen: Pablo Eguizábal. Madrid
Las particularidades en el ejercicio de su actividad por parte de los médicos que ejercen por cuenta propia en materias como protección de datos, aseguramiento o deontología han copado la jornada de puertas abiertas, organizada este viernes por la Organización Médica Colegial (OMC). Un acto en el que el vocal de Medicina Privada por Cuenta Propia, Manuel Carmona, ha vuelto a criticar el real decreto de jubilaciones asegurando que “no se pueden cambiar las normas en mitad del partido”.

Miguel Ángel Vázquez, resposable de Colectivos de AMA; Manuel Carmona y José María Nieto, vocales de Medicina Privada de la OMC; Sonia López Arribas, presidenta del Colegio de Médicos de Madrid; Salvador Serrano, abogado experto en seguridad de la información de PSN; y Mariano Casado, secretario de la Comisión Central de Deontología de la OMC.

Carmona, que se ha encargado de presentar el libro ‘La Previsión Social de los Profesionales Sanitarios en la Sanidad Privada’, escrito por Francisco Javier Fernández Orrico y que ha sido coeditado por la OMC. En su intervención, se ha referido al Real Decreto  5/2013 de 15 de marzo medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. “Si en el caso de jubilarnos mantener una actividad por cuenta propia significa perder la mitad de la pensión, en la mayoría de los casos no va a compensar”, ha afirmado.

El real decreto al que se ha referido el vocal de la OMC contempla que la cuantía de la pensión de aquellos trabajadores que la compatibilicen con el trabajo será equivalente al 50 por ciento del importe que se esté percibiendo en el momento en que se inicie dicha compatibilidad. Esta situación, sin embargo, se da únicamente en quienes se acojan al Régimen General de Trabajadores Autónomos (RETA), y no en el caso de quienes opten por una mutualidad de previsión social como alternativa, como ha indicado en su libro Fernández Orrico. “Al tratarse de entidades alternativas al RETA, están excluidas del régimen jurídico del sistema de Seguridad Social y por lo tanto no les afecta, por no serles de aplicación el RDL 5/2013”, reza.

Protección de datos, aseguramiento y deontología

Las particularidades de la actividad por cuenta propia contrasta con el desconocimiento que, en muchas ocasiones, tienen los profesionales. “El médico soslaya los temas éticos y jurídicos”, ha indicado el secretario de la Comisión Central de Deontología de la OMC, Mariano Casado, que en su intervención ha abogado por una publicidad de carácter informativo y unos honorarios “moderados y proporcionados a los servicios que se han prestado”. Asimismo, ha calificado como falta deontológica grave la derivación de pacientes desde la sanidad pública a las consultas privadas”.

Dicho desconocimiento puede llegar a causar problemas legales al médico, principalmente relacionados con la protección de datos y el aseguramiento. En este sentido, el abogado experto seguridad de la información de Previsión Sanitaria Nacional (PSN), Salvador Serrano, ha apostado por la formación de los profesionales en materia de protección de datos, otorgando a los colegios el papel de formadores. El responsable de Colectivos de AMA, Miguel Ángel Vázquez, ha incidido en el mismo aspecto al referirse a los seguros de responsabilidad civil, obligatorios tanto para el profesional como para la sociedad que lleve a cabo una actividad sanitaria privada.

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