Se dirige directamente al Gobierno, después de que el Defensor del Pueblo dictara unas recomendaciones contra la norma

ASPE quiere que Rajoy se pronuncie sobre la ley valenciana de conciertos
Cristina Contel, presidenta de ASPE, y Mariano Rajoy, presidente del Gobierno.


12 jul. 2017 10:30H
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La Alianza de la Sanidad Privada Española (ASPE) no cesa en su empeño de luchar contra la ley “anticonciertos”, según la han tildado, de la Comunidad Valenciana. Por eso, después de que el Defensor del Pueblo remitiera varias recomendaciones a la Consejería de Sanidad sobre esta situación, la patronal ha decidido acudir a las más altas esferas y pedirle al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, “la potestad de valorar la invasión de competencias del Estado” por parte de esta región.

ASPE se basa en la respuesta que le remitió Soledad Becerril cuando interpusieron un recurso de inconstitucionalidad contra esta normativa. Aunque el Defensor del Pueblo no aceptó este recurso, sí mostró su opinión sobre la Ley 7/2017. En concreto, y por lo que respecta a la vulneración del artículo 149.1.16 en relación con el artículo 9.3 de la Constitución, relativo a la competencia exclusiva del Estado en la relación de bases y coordinación de la sanidad, Becerril omitió cualquier pronunciamiento, porque entiende que “en supuestos como el presente, la institución del Defensor del Pueblo tiene como criterio no intervenir (…) ya que para la defensa de sus propias competencias está legitimado el presidente del Gobierno”. 

En referencia a este punto, la presidenta de ASPE, Cristina Contel, destaca que “la inexistencia de pronunciamiento por parte del Defensor del Pueblo resulta más que significativa, dado que el propio organismo remite la valoración de la invasión competencial al presidente del Gobierno como titular de dicha competencia”.

Y prosigue: “por dicha remisión es por la que entendemos que es el Gobierno el que debería pronunciarse al respecto, máxime, teniendo en cuenta que es a éste a quien le competente la transposición de la Directiva 2014/24/CE para poder ser aplicada por una comunidad autónoma y no cada autonomía que, amparándose en su falta de trasposición por parte del Estado, se dedica a trasponer unilateralmente la directiva”.

Las recomendaciones del Defensor del Pueblo

Por otra parte, y en relación con el resto de alegaciones realizadas por ASPE, el Defensor del Pueblo, con el fin de garantizar que no se produzca disfunción alguna derivada de los efectos de esta ley, realiza una serie de recomendaciones, basadas en la aprobación de un reglamento de desarrollo de dicha ley. Estos ‘consejos’ están dirigidos a que se establezca un plan de control del proceso de adjudicación de los conciertos sanitarios, para propiciar el cumplimiento de los mismos con transparencia, sin discriminación, con la publicidad suficiente y vigilando la prestación de servicios.

A juicio de Contel, “no dejan de ser un llamamiento a que el reglamento que desarrolle la Ley 7/2017 se ajuste a los principios rectores de nuestro ordenamiento jurídico y, por ende, también al principio de jerarquía normativa, en virtud del cual, la norma de bases estatal es la Ley General de Sanidad”. Asimismo, la presidenta de ASPE manifiesta que “dicha ley, en su artículo 90, no contempla en ningún momento, ni situación, la exclusión de las entidades sanitarias privadas con ánimo de lucro de la actividad concertada, exclusión que sí que contempla la ley autonómica en clara contravención de este principio constitucional”.
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