Juan Luis Steegmann, portavoz sanitario de Vox.
Vox fomentará en el Congreso una ley que refuerce la protección del derecho a la
objeción de conciencia de los sanitarios ante la práctica del
aborto y la eutanasia. Una propuesta que implica, entre otras medidas, la derogación de la obligatoriedad de que estos profesionales sean incluidos en un registro.
Estos son algunos de los objetivos de la proposición no de ley que Vox ha registrado para su debate en la
Comisión de Sanidad. El grupo que encabeza
Juan Luis Steegmann pide que la nueva normativa sea amparada por una Ley Orgánica de objeción de conciencia sanitaria que “será aplicable a todos los sanitarios” del ámbito público y privado, desde médicos y enfermeros hasta auxiliares de Enfermería.
Según consta en el documento registrado en el Congreso, la nueva norma permitiría la objeción de conciencia respecto a “cualquier acto directamente relacionado o necesario para la práctica del aborto o la eutanasia” y
“no obligará a ningún profesional” sanitario “a inscribirse en un registro como ‘conditio sine qua non’ para el ejercicio de este derecho.
“Por el contrario, se arbitrará de otro modo para hacer posibles los fines de los fines de las leyes 2/2010 y 3/2021 sin que, en ningún caso, resulten menoscabados los derechos de los objetores, en especial la igualdad —en el plano personal laboral— y la
protección de sus datos”, detalla.
Paralelamente, Vox aboga por “asegurar” que los sanitarios objetores “no sean privados de la posibilidad de
continuar su labor de asistencia a todos los pacientes”, de forma que “pueda formar parte del proceso clínico-asistencial de estos hasta el final, tanto en el aborto como en la eutanasia”; y que tampoco sean “excluidos” de las comisiones y comités de los centros asistenciales.
Legislación del registro de objetores sanitarios
En la proposición no de ley, que ha sido suscrita por los diputados
Lourdes Méndez, Rocío de Meer y el propio Steegmann, así como por la portavoz del grupo parlamentario,
Macarena Olona, Vox denuncia que “las conductas u omisiones” a las que están obligados los sanitarios en virtud de la legislación de las leyes orgánicas 2/2010 y 3/2021 “contradicen abiertamente las normas a las que estos están sometidos en el ejercicio de su profesión”.
Al respecto, defiende que medidas como la del
registro de objetores de conciencia para la práctica de la eutanasia “
produce discriminación, genera inseguridad en cuanto a las posibles repercusiones laborales y entraña un riesgo de vulnerar la legislación en materia de protección de datos”.
“Por este motivo, entre otros, este grupo parlamentario
ha promovido la derogación de ambas, y solicitado al Tribunal Constitucional —en el caso del aborto— un pronunciamiento acerca de su ajuste a la Carta Magna”, concluye.
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