La norma está enfocada a ampliar la cobertura del SNS y evitar "nuevos copagos"

 Mónica García, ministra de Sanidad, lleva al Congreso de la Ley de Universalidad.
Mónica García, ministra de Sanidad.


24 may. 2024 10:00H
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El proyecto de Ley de Universalidad del Sistema Nacional de Salud ha llegado ya al Congreso de los Diputados. La Cámara ha dado continuidad a la tramitación de la norma, aprobada recientemente por el Consejo de Ministros, que entre otras novedades amplía la cobertura sanitaria del SNS a nuevos colectivos, clarifica y concreta prestaciones y “evita que puedan introducirse nuevos copagos”. Según recoge el cuerpo de la ley, otro de los objetivos es dar más ‘voz’ a pacientes: “Por ello, además de incluirse en la definición de la cartera, se materializa la participación de la ciudadanía en los órganos de asesoramiento del SNS como paso adelante a la buena gobernanza de nuestro sistema sanitario público”, destaca. Los grupos parlamentarios tendrán ahora 15 días para presentar enmiendas, esto es, hasta el 11 de junio. 

Esta Ley de Universalidad, que se complementará con la de Gestión Sanitaria e Integridad que el Ministerio de Sanidad sometió recientemente al escrutinio de agentes y asociaciones interesadas, está llamada en esencia a “ampliar la acción protectora del SNS” a colectivos que se encontraban fuera de su alcance, entre ellos los españoles que residen en el extranjero y los migrantes en situación irregular. “El Gobierno de España presume de universalidad y recupera el derecho a la asistencia médica en igualdad de condiciones”, celebró en el Consejo de Ministros de la semana pasada la titular del ramo, Mónica García.

Una de las principales novedades que recoge el citado proyecto está relacionada con la “buena gobernanza del sistema sanitario público”. En este sentido, el Ministerio de Sanidad considera “relevante” poner de manifesto que la prestación de este tipo de servicios “se debe realizar garantizando el derecho a la participación en salud”, que “no solo se debe satisfacer de forma individual sino también colectiva y con representación institucional en los órganos del SNS”.

Dicha representación se canalizará a través de “órganos de asesoramiento del SNS”, apunta la norma.

Cartera de servicios única para evitar copagos


En relación a la cartera común de servicios, la Ley de Universalidad del SNS incide en la necesidad de “unificar” tanto la cartera básica como la suplementaria y de asistencia accesoria, “así como establecer las garantías necesarias para que no puedan introducirse nuevos copagos sanitarios” y “clarificar que las prestaciones de salud pública están incluidas en la misma”.

Según detalla Sanidad, la cartera común de servicios del SNS “es un instrumento esencial para la equidad de la ciudadanía en el acceso a las prestaciones sanitarias basadas en la mejor evidencia científica disponible”, pero el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, la dividió en tres tipos: la básica, la suplementaria (que comprende la prestación farmacéutica, la ortoprotésica, la dietoterápica y el transporte sanitario no urgente) y la de servicios accesorios. “Dicha modificación abrió la posibilidad de establecer nuevos copagos en prestaciones que hasta entonces carecían de ellos”, advierte.

Prestaciones farmacéuticas, ortoprotésicas y dietoterápicas


En conformidad con el contenido de la ley, la cartera común de servicios del SNS comprenderá “todas las actividades asistenciales de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación” que se lleven a cabo en centros sanitarios o sociosanitarios, “incluyendo las prestaciones farmacéutica, ortoprotésica, de productos dietoterápicos y el transporte sanitario urgente y no urgente”.

También englobará los llamados servicios accesorios, “entendiendo como tales las actividades, servicios o técnicas, sin carácter de prestación, que no se consideran esenciales y/o que son coadyuvantes o de apoyo para la mejora de una patología de carácter crónico o para la prevención de la intensificación de una discapacidad”.

“Todas las prestaciones incluidas en la cartera común de servicios estarán basadas en el conocimiento y evidencia científica”, reseña el documento, que, antes de su aprobación, deberá pasar por la ‘criba’ de las Cortes Generales. Los grupos parlamentarios del Congreso tendrán un plazo de dos semanas para presentar alegaciones a la ley, que, de salir adelante, continuará su tramitación en el Senado.
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