La ministra de Igualdad, Irene Montero.
Todos los médicos que se declaren como
objetores de conciencia para no practicar abortos en el Sistema Nacional de Salud (SNS) deberán quedar integrados en un
registro oficial, pero en el documento no se reflejarán sus motivaciones para hacerlo. Es una de las condiciones que se ha incluido en el proyecto de la
Ley de Salud Sexual y Reproductiva que ha elaborado el Gobierno para garantizar la privacidad de los facultativos.
“Los datos objeto de tratamiento deberán ser adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son recogidos,
no debiendo incluirse, en ningún caso, el motivo de la objeción”, reza el texto que ya se ha registrado en el
Congreso de los Diputados, donde tendrá que someterse al debate de los grupos políticos.
La
reforma legislativa impulsada por el Ministerio de Igualdad estableció este registro como un mecanismo clave para proteger dos derechos de forma simultánea: el de las mujeres a interrumpir voluntariamente su embarazo y el de los sanitarios a la objeción de conciencia. La herramienta persigue
reorganizar los recursos humanos para poder programar de forma “correcta” las intervenciones en los centros sanitarios.
La nueva ley ha establecido que el contenido que se recabe se regirá por el
Reglamento Europeo de Protección de Datos Personales aprobado en 2016. La información solicitada se limitará a aspectos
“estrictamente necesarios para identificar al personal sanitario que desarrolle su actividad en centros sanitarios acreditados para la realización de la interrupción voluntaria del embarazo cuyas funciones conlleven su participación directa en las citadas intervenciones”.
Las comunidades autónomas, responsables de los datos
El texto normativo ha clocado a las respectivas consejerías de sanidad de las comunidades autónomas, así como al
Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) como los “responsables del tratamiento” de estos daros personales. A la información podrán acceder tanto los directores de los hospitales como los responsables de recursos humanos para “
conocer el número de personas objetoras en cada centro sanitario acreditado”.
El objetivo de la reforma legislativa es garantizar que el derecho al aborto entre las mujeres. Para situaciones en las que la objeción de conciencia limite estas posibilidades, el Gobierno ha establecido que se facilite un traslado a tiempo. “Si, excepcionalmente, el servicio público de salud no pudiera facilitar en tiempo la prestación, la
s autoridades sanitarias reconocerán a la mujer embarazada el derecho a acudir a cualquier centro acreditado en el territorio nacional, con el compromiso escrito de asumir directamente el abono de la prestación”, han apuntado.
El blindaje del derecho a interrumpir el embarazo para las mujeres a
partir de los 16 años es una de las grandes novedades de la ley que también incorpora cambios en diferentes niveles de la actividad sanitaria. El
acceso gratuito a la píldora del día de después, las bajas laborales por reglas dolorosas o preparto, la formación continuada de los médicos en salud sexual y reproductiva o la reforma de los
programas de Medicina son algunas de las claves.
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