Pablo Martín Pérez Aragundi, presidente de la Fedop.
Según ha constatado la
Fedop a través de varios de sus asociados, en
Castilla-La Mancha, "el coordinador de la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Sescam,
Alfonso Márquez, está
aleccionando a las gerencias de las áreas de salud con medidas qu
e restringen el acceso a la prestación ortoprotésica. Una actuación contraria a la norma reguladora".
Se insiste por el Sescam "en la ya denunciada
aplicación defectuosa del sistema de pago directo a las ortopedias que hayan dispensado productos relativos a la prestación ortoprotésica. La maniobra de la administración trata de arrinconar a aquellos establecimientos que, legalmente establecidos,
no se han adherido al sistema especial y que se mantienen en el ordinario de reintegro de gastos al paciente, lo que no deja de suponer una aplicación injusta de la normativa vigente".
"La maniobra trata de arrinconar a aquellos establecimientos que no se han adherido al sistema especial"
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La Fedop destaca que "el reintegro de gastos al paciente es el sistema ordinario de pago que establece el Sescam en la
Orden 136/2018. El sistema de pago directo ahora establecido, además de tener un carácter secundario, tiene también un carácter voluntario, pudiéndose acoger a él
las ortopedias que lo deseen, según la Resolución de 11/03/2019 que lo regula, pero sin que ello suponga la
limitación del sistema ordinario de reintegro de gastos".
"A los pacientes castellano-manchegos sólo se les informa sobre
cuáles son los establecimientos acogidos al pago directo. O lo que es lo mismo, sólo les hablan de 13 ortopedias en toda Castilla-La Mancha, excluyendo a la mayoría de las ortopedias autorizadas y legalmente habilitadas para realizar prestaciones ortoprotésicas. Esta decisión agrede directamente al derecho de información del paciente al que tampoco se indica que
el reintegro de gastos es perfectamente válido y en vigor", aseguran.
Consecuencias de todas estas actuaciones administrativas es el "rechazo a los
denominados endosos a las ortopedias que se encuentran totalmente permitidos en el sistema de reintegro de gastos, lo que podría considerarse como un boicot a los establecimientos no adheridos al sistema de pago directo. Mediante este sistema de endoso lo que ocurre es que, para facilitar el acceso del paciente a la prestación, las ortopedias adelantan el trabajo y asumen que cobrarán en nombre del usuario el importe que les corresponda de la Seguridad Social, lo que está amparado por la ley. De otra forma, los pacientes más vulnerables se verían
expuestos a esperar la resolución de la Administración, lo que podría tardar meses, tiempo en el que el paciente se encontraría sin recibir su producto ortoprotésico".
Por tanto, "la suspensión o limitación de este sistema –que se incluye dentro del ordinario reintegro de gastos- sólo perjudica al paciente sin recursos que ha decidido ejercer su libre elección acudiendo al establecimiento de ortopedia que prefiere".
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