Pedro Quevedo, diputado del Grupo Mixto.
La Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados ha aprobado por unanimidad este jueves
una proposición no de ley presentada por Nueva Canarias para modificar la actual legislación y que esta recoja la obligatoriedad de reconocimiento del 33 por ciento de
discapacidad a los pacientes de 0 a 14 años diagnosticados de
cáncer desde el mismo momento en que se produce el diagnóstico.
En su exposición de motivos, el diputado de Nueva Canarias señaló que aunque el
cáncer infantil en España es, afortunadamente, poco frecuente “es más que una enfermedad, también es un problema social por el impacto socio-sanitario que tiene sobre los pacientes, las familias y la sociedad en su conjunto”.
Prestaciones
En ese sentido, destaca que el
reconocimiento de la discapacidad a los pequeños diagnosticados con cáncer les permite acceder a algunas ayudas, aliviando la situación económica de las familias. Hay que recordar que si el grado de discapacidad que se reconoce al paciente es igual o superior al 33 por ciento, éste tiene acceso a una serie de
ayudas y servicios: prestaciones económicas, tratamientos rehabilitadores, medios de adaptación en el hogar, apoyo educativo, ayudas al transporte, etc.
La proposición insta al gobierno a modificar el Real Decreto de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, incorporando en el capítulo 11, correspondiente a neoplasias, un apartado que recoja la obligatoriedad de reconocimiento del 33 por ciento de discapacidad a los pacientes de 0 a 14 años diagnosticados de cáncer desde el mismo momento en que se produce el diagnóstico.
Igualmente, urge a que, mientras se produce esta modificación legal,
se dé traslado del acuerdo a los órganos responsables de su aplicación: Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad.
El objetivo es poner lo más rápidamente posible en marcha “los procedimientos de coordinación necesarios en materia de servicios sociales y sanitarios que permitan la aplicación inmediata de la medida en todo el territorio español”.
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