El Ministerio apunta que algunas comunidades realizan interrupción del embarazo a través de la Atención Primaria

Sanidad suma a los médicos de Familia a la objeción de conciencia al aborto
Imagen del último pleno del Consejo Interterritorial.


9 ene. 2025 14:10H
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Sanidad ha abierto la puerta a que los médicos de Familia puedan declararse también objetores de conciencia en materia de aborto. Se trata de una posibilidad que no estaba reflejada en el documento inicial que se trasladó al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), adelantado por Redacción Médica, que limitaba este derecho a ginecólogos y obstetras y anestesiólogos, así como a titulados en Enfermería y matronas. El Ministerio da respuesta de esta forma a la petición de las comunidades autónomas, pues algunas de las cuales realizan este procedimiento a través del primer nivel asistencial. 

El departamento que dirige Mónica García ha hecho público el protocolo específico para la creación del registro de personas objetoras de conciencia amparado por la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. En él se reivindica la necesidad de “garantizar la no discriminación” no solo de las personas que sí aceptan practicar abortos, de forma que no se “vean relegadas en exclusiva” a esta práctica”, sino también de aquellos profesionales que rechazan hacerlo ya sea por libertad ideológica o religiosa. En todo caso, “no podrá exigirse en ningún caso especificar esa motivación”.

En la propuesta de acuerdo que el Ministerio de Sanidad elevó al pleno del Consejo Interterritorial del SNS del pasado diciembre se indicaba que, de acuerdo a la normativa estatal, “solo se podrá admitir en el registro de personas de conciencia” a aquellas “que intervienen directamente en un proceso de interrupción voluntaria del embarazo”. “Es decir, que realicen actos necesarios y directos, anteriores o simultáneos, sin los cuales no fuese posible llevarla a cabo”.

En el documento sobre el registro de objetores del aborto que avanzó Redacción Médica se apuntaba, en concreto, a cuatro colectivos: los especialistas en Ginecología y Obstetricia y en Anestesiología y Reanimación, los titulados en Enfermería y las matronas, “no admitiéndose otro tipo de personal”.

Finalmente, no obstante, Sanidad acordó con las comunidades autónomas incorporar a los médicos de Familia, tal y como ha quedado reflejado en el protocolo definitivo. Fuentes del Ministerio corroboran este cambio y apuntan a que en algunas comunidades, el aborto se realiza a través de la Atención Primaria.

Registros de objetores para la gestión de RRHH


Tal y como consta en el documento, la objeción de conciencia (total o parcial) “es una decisión individual del personal sanitario directamente implicado” en realización del aborto que debe ser “manifestada con antelación y por escrito”. “Quienes la declaren serán objetores a los efectos de la práctica directa de la prestación del IVE (Interrupción Voluntario del Embarazo) tanto en el ámbito de la sanidad pública como de la privada”.

“Se incluirán en estos registros sólo los datos estrictamente necesarios de las y los profesionales inscritos con los perfiles anteriormente mencionados, al objeto de realizar la planificación y gestión necesarias de los recursos humanos que garanticen la prestación de la asistencia sanitaria de la IVE”, añade.

El citado registro “será creado y será propiedad de los servicios de salud de cada comunidad autónoma y del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa)”. Es decir, que no habrá un documento “nacional” sino uno por cada administración que se utilizarán “exclusivamente para la gestión de los recursos humanos que permitan garantizar la prestación del IVE en el SNS”.

En este sentido, el protocolo incide en que, puesto que la finalidad perseguida por el registro es garantizar la prestación de la IVE en centros sanitarios públicos y centros privados acreditados y la atención sanitaria de las mujeres durante todo el proceso, “se adecuarán los recursos humanos a la correcta programación de este tipo de intervención sanitaria”.
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