Este periodo deberá comenzar en el primer semestre de 2025 y tendrá una duración máxima de un año

El Ministerio de Sanidad publica los plazos y requisitos para la formación sanitaria en España para extranjeros


29 jun. 2024 12:20H
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El Ministerio de Sanidad ha publicado la fecha exacta en la que se podrá tramitar estancias formativas para personas extranjeras en 2025. Concretamente, las personas interesadas tendrán que inscribirse a partir del 2 de septiembre, a las 10.00 horas, hasta el 13 de septiembre, a las 14.00 horas.

"Los sanitarios y especialistas en activo en países con los que España haya suscrito convenios de colaboración cultural podrán solicitar la realización de estancias formativas para el extranjero, reguladas en el artículo 30 del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero", detalla el departamento liderado por Mónica García. Además, tendrán que contar con una vinculación laboral.

Estas estancias podrán iniciarse en el primer semestre del próximo año (del 1 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025), con una duración máxima de 12 meses.


Proceso para estancia formativa de sanitarios extranjeros


El primer paso para la solicitud es cumplimentar el formulario de solicitud en castellano, que será habilitado cuando corresponda. Tendrá que rellenarse de manera electrónica, tal y como se indica. Una vez realizado, se imprimirá, firmará y presentará junto a la documentación requerida  por correo electrónico (estanciasformativas@sanidad.gob.es) o en las oficinas de registro, dirigidas a las Unidades de Estancias Formativas de la Subdirección General de Formación y Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad. “Deberán seleccionar una de las dos vías señaladas para realizar el envío de la documentación”, concreta Sanidad.

Pero, ¿cuáles son los documentos que se tendrán que presentar? En primer lugar, el índice de la documentación aportada, seguido del formulario de la solicitud firmada, la copia del pasaporte y copia del título oficial de graduado universitario o de especialista en Ciencias de la Salud.

Además, se tendrá que incluir el informe de la comisión de docencia del centro español de acogida, el informe favorable del órgano competente en materia de formación especializada en la comunidad autónoma del centro español de acogida  y el informe del responsable del centro sanitario del país de procedencia donde la persona trabaje. Este debe contener datos del centro de origen, del responsable de dicho centro y de la persona interesada, su vinculación laboral con el centro y objetivos que se pretendan conseguir con la estancia; todo esto debe estar traducido en castellano. Por último, el sanitario deberá hacer una declaración indicando que no se encuentra inhabilitado y que se compromete a presentar una certificación de no estar incurso en procedimientos por delitos de naturaleza sexual.


Cuestiones de las estancias formativas sanitarias en España


Una vez concluida la estancia formativa no podrá solicitarse otra hasta cinco años después. Por otra parte, tampoco es posible realizar más de una solicitud para una unidad docente acreditada ni dividir la estancia en varios hospitales o especialidades.

Desde Sanidad aclaran si conllevará o no una prestación económica: "Las estancias formativas no contarán con ninguna vinculación con el centro o unidad docente, por lo tanto, no existirá remuneración económica. El personal que realice la estancia formativa tendrá la consideración de personal en formación, por lo que sus actividades estarán en todo momento planificadas, dirigidas y supervisadas por los profesionales que presten servicios en la unidad asistencial en la que se realice la estancia".
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