El Boletín Oficial del Estado publica esta modificación ligada al Estado de Alerta por la pandemia del Covid-19

Coronavirus: nuevos cambios en la dispensación de fármacos hospitalarios
La Aemps, de la que María Jesús Lamas es directora, puede reducir tiempos máximos de dispensación.


27 mar. 2020 10:20H
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POR I. P. NOVA
El Boletín Oficial del Estado ha publicado este viernes la modificación en los parámetros de dispensación y administración de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud ante la pandemia ocasionada por el coronavirus Covid-19. De esta forma, el Ministerio de Sanidad cambia los límites de dispensación de medicamentos y la gestión de dicho reparto desde áreas externas al hospital.

Accede aquí al Boletín Oficial del Estado donde se publica la orden

De esta forma, el BOE establece que los servicios de farmacia hospitalaria no podrán dispensar medicamentos de dispensación hospitalaria para más de dos meses de tratamiento. Plazo que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) podrá reducir hasta a un mes "en el caso de aquellos medicamentos en los que se considere necesario preservar su disponibilidad”. La única área  en la que no es aplicable esta restricción es en la medicación de los ensayos clínicos.

Respecto a la dispensación hospitalaria a pacientes no hospitalizados, muy útil ahora que la gestión de aislamientos del covid-19 se están haciendo en los domicilios de los pacientes, se establece que “de forma excepcional” la comunidad autónoma podrá establecer las medidas para que no se dispensen medicamentos desde el centro.

De esta forma, los medicamentos del uso hospitalario, la CCAA podrá establecer las medidas para que administrar medicamentos fuera del centro “siempre que las condiciones del paciente, la enfermedad, el medicamento y la situación epidemiológica así lo aconsejen”.

La vigencia de este Real Decreto está prevista hasta la finalización del estado de alarma “y sus posibles prórrogas”. Sanidad deja en mano de las autoridades competentes de cada CCAA para dictar las resoluciones, disposiciones e instrucciones para garantizar la eficacia de esta orden. 
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