Tomás Cobo, presidente del Cgcom.
El problema de las
guías de prescripción enfermera, insiste el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom), no radica en su fondo sino en su forma. En concreto, la organización que dirige
Tomás Cobo apunta al modo en que están redactados estos protocolos, que a su parecer no acotan debidamente la actuación del profesional de Enfermería “al margen del médico”. Una “falta de claridad” que motivó su
recurso de alzada contra los manuales para la dispensación de fármacos para hipertensión (HTA) y diabetes mellitus tipo 1 y 2 y que también advierte en la guía para
Ostomía que acaba de ser publicada en el
Boletín Oficial del Estado (BOE).
“En la guía, el manejo de los osteomas está sujeto a prescripción médica. Reiteramos que nosotros no estamos en contra de las guías de Enfermería sino en la redacción
tal y como se ha publicado en el BOE, porque puede generar
problemas de seguridad clínica”, enfatizan fuentes de la Organización Médica Colegial, que viene reclamando un mayor “equilibrio” y “multidisciplinariedad” en los documentos.
En concreto señala, tal y como dejó por escrito en sus anteriores recursos de alzada (que fueron admitidos a trámite por el Ministerio de Sanidad), al artículo tercero de las citadas guías. “La problemática la encontramos en aquellos casos en los que el enfermero
actúa al margen del médico, tal y como la redacción de este artículo contempla en determinados casos prescribiendo, modificando pautas o suspendiendo el tratamiento sin el aval del médico”, advirtió el Cgcom.
“De hecho, la redacción dada a las guías permite, sobre la base de la
actuación conforme a Guías y Protocolos, la posibilidad de que el enfermero, al margen del médico haga diagnósticos y prescriba tratamientos, competencia que según la Ley
corresponde en exclusiva al médico”, destaca.
“Falta de claridad” de las guías
El citado artículo se refiere a los criterios específicos en los que los enfermeros pueden iniciar, interrumpir o prorrogar un tratamiento sujeto a prescripción médica. En este último caso, el BOE recoge que la prórroga del tratamiento “se ha de realizar en el marco del seguimiento colaborativo por los profesionales de referencia del paciente”. Salvo casos concretos, “es necesaria una prescripción médica inicial y/o la existencia de protocolos y/o guías asistenciales específicas para que el paciente sea
seguido por el enfermero acreditado”, recoge el texto.
A este respecto, desde el Cgcom inciden en que “la
introducción de las conjunciones y/o y la falta de claridad en la redacción de las competencias de los enfermeros” puede derivar en situaciones como la de que un enfermero “inicie el tratamiento de manera autónoma y sin tener en cuenta el criterio del médico”. “En resumen, le permite
competencias que pertenecen en exclusiva al profesional médico”, sostiene.
“Compromiso con los pacientes”
“No es una cuestión corporativista, al contrario; es una responsabilidad derivada de las competencias y conocimientos
adquiridas por la profesión médica”, inciden fuentes del Cgcom, que añaden que su reivindicación “responde a un compromiso adquirido con los pacientes y la sociedad en pro de su seguridad”.
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