La ministra de Justicia, Pilar Llop.
Los
médicos forenses deberán recopilar en un
registro los datos más relevantes cuando realicen una observación a una
persona detenida. El Ministerio de Justicia ha aprobado el nuevo protocolo para sobre los reconocimientos de los ciudadanos procesados que permitirá recabar información sobre su estado clínico para incorporarla a una gran base de datos de la
Comisión Nacional de Estadística Judicial.
Los respectivos
institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses tendrán que incorporar información sobre el sexo, la edad, el país de origen, los
factores de vulnerabilidad del paciente, o los motivos de la consulta con el objetivo de integrarlos en la estadística general que utilizará el Ministerio de Justicia, según viene reflejado en la orden publicada en el
Boletín Oficial del Estado (BOE).
La normativa ha especificado en todo caso que la información de "carácter personal" recabada por los médicos forenses estará sometida a la
Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, con el objetivo de preservar la intimidad de los detenidos durante todo el proceso.
Este nuevo protocolo afectará a todas las personas que estén detenidas b
ajo la jurisdicción de los juzgados o tribunales y a disposición de las fiscalías, que deban pasar por los servicios de clínica forense. Algo que abre la puerta a diferentes escenarios de delitos en los que sea necesario
la valoración de un médico.
Guía de buenas prácticas médicas con detenidos
Además, la normativa también ha establecido que
el Consejo Médico Forense deberá elaborar una “guía de buenas prácticas” para la correcta aplicación del protocolo, en el que se recogerán una serie de
recomendaciones de los profesionales sanitarios. “Dicha guía se actualizará con la periodicidad que se considere necesaria en función del desarrollo normativo y de la práctica e investigación”, reza el texto.
La nueva norma supone la actualización de un
protocolo que había permanecido vigente durante más de 25 años. La anterior orden sobre el reconocimiento de los detenidos por parte de los médicos forenses data del año
1997. Lo que sí que se ha mantenido es que la competencia en esta materia siga bajo el amparo de la Administración de Justicia, por lo que el
Ministerio de Sanidad no tendrá relevancia en este asunto.
“Quien ostente la titularidad del Ministerio de Justicia podrá dictar las
disposiciones pertinentes para el desarrollo y aplicación del presente real decreto sin perjuicio de las competencias que para su ejecución ostentan las comunidades autónomas con competencias asumidas en materia de justicia”, ha expuesto el Gobierno.
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