José Luis Escrivá, ministro de Seguridad Social.
Adelantar la edad de jubilación sin el reconocimiento de
coeficientes reductores por penosidad supone para la
pensión de los médicos una merma económica aproximada de 9.000 euros, según un reciente análisis elaborado por el
Sindicato Médico de Granada. De esta forma, si el facultativo se retira dos años antes y tiene cotizados menos de los 38 años y seis meses, se le restaría un 21 por ciento de esta percepción, lo que equivale a 660,03 euros.
Tal y como consta en el informe sobre ‘Jubilación anticipada del médico en 2022’, las reducciones por cotizar
menos de 38 años y seis meses van desde el 3,26 por ciento para un mes de adelanto hasta el
21 por ciento por más de 24 meses.
“Estas reducciones se hacen sobre la pensión inicial reconocida”, detalla el informe, suscrito por
Vicente Matas, coordinador del Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada, quien detalla que, en el caso de un facultativo con 36 años cotizados, la reducción sería del 21 por ciento
(660,03 euros), de forma que pasaría de los 3.143 euros de base a los 2.819,18 euros.
“Es un
gran recorte por su
jubilación anticipada”, incide Matas, que recalca que, “como siempre, después Hacienda retiene aproximadamente un 20 por ciento y al banco llegan unos
1.986 euros netos más o menos”.
'Recortes' a la pensión medica por jubilación anticipada
El propio Matas añade que los “recortes” no se quedan ahí: “Una vez aplicados los referidos coeficientes reductores, el importe resultante de la pensión no podrá ser superior a la cuantía que resulte de reducir el
tope máximo de pensión en un 0,50 por 100 por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación”, apunta.
Esto quiere decir que, si se jubila dos años antes de la edad legal, la pensión que cobrará un médico no puede ser superior a 2.706,41 euros al mes con una pérdida de
112,77 euros mensuales sobre la pensión máxima. En el caso del ejemplo este nuevo recorte ya no es de aplicación al quedar por debajo de este importe, pero sí para los que el adelanto es menor y su pensión inicial reconocida es superior o igual a la pensión máxima.
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