Fernando Carballo, presidente de la Federación de Asociaciones Científico Médicas de España.
La
orden del
Ministerio de Sanidad que regula la
homeopatía evitará que los
médicos puedan excusarse en una
nebulosa legal para indicar productos homeopáticos: si no tienen indicación terapéutica, un médico no puede aconsejarla “aunque no haga daño”.
"Indicar un producto en cuya caja se dice que no tiene indicación terapéutica es un contrasentido médico"
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Así lo considera el presidente de la Federación de Asociaciones Científico Médicas de España (
Facme), Fernando Carballo, consultado por
Redacción Médica sobre la nueva norma.
El médico que recete, aconseje o indique productos homeopáticos “está actuando mal. Mientras ha habido una regulación que ha permitido que el
producto homeopático se ‘disfrazase’ de medicamento, cabía la posibilidad de que la interpretación personal de cada uno era que sí tenía
utilidad terapéutica aunque no estuviera demostrada, pero a partir de esta norma, si no hay indicación terapéutica debe quedar fuera de la práctica clínica”.
La orden establece que todos los productos homeopáticos deben
demostrar esa utilidad terapéutica para tener una indicación. En caso contrario,
debe figurar que no tiene indicación terapéutica en el envase.
El médico y los productos homeopáticos
“El médico, cuando indica una acción terapéutica, tiene que ir ligada a un
principio de utilidad”, explica Carballo. “Si ahora por ley se nos dice que los productos homeopáticos no tienen indicación terapéutica, se nos queda fuera de nuestro ámbito. Indicar un producto en cuya caja se dice que no tiene indicación terapéutica es un contrasentido como médico”.
Es la parte positiva que ve el representante de las sociedades médicas españolas a la orden ministerial: si el producto homeopático tiene indicación, debe demostrarla. Si no, “queda
negro sobre blanco que no son medicamentos”.
"Conviene clarificar muy bien la dispensación de un producto homeopático"
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“Hay un principio fundamental: el médico no puede recomendar cosas que son inútiles”, afirma el también presidente de la
Sociedad Española de Patología Digestiva (SEPD).
Deontología médica
Carballo deja en manos de los colegios la consideración de que sea punible o sancionable la indicación de productos homeopáticos en consulta, pues se trata de un tema deontológico.
El presidente de Facme no entra a valorar si estos productos deberían estar fuera de las farmacias, ya que en ellas se venden muchos tipos de productos no terapéuticos, pero sí “conviene
clarificar muy bien la dispensación de un producto no terapéutico por parte del farmacéutico”.
Es la “parte gris” que ve en la nueva norma. “Mezcla la comercialización de productos sanitarios y no sanitarios, que entendemos que
requieren una regulación”. El ámbito de la dispensación es el afectado en este caso, y es una situación que también debería ser clarificada.
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