Exteriores del TC.
Los médicos de Familia han manifestado su
alarma ante la reciente sentencia del Tribunal Constitucional sobre el artículo 52 d) del Estatuto de los Trabajadores, que regula el despido por
absentismo. Este tipo de despido será pertinente en caso de que las faltas de asistencia al trabajo "alcancen el
20 por ciento de las jornadas hábiles en
dos meses consecutivos" y "siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5 por ciento de las jornadas hábiles" o "el 25 por ciento en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses". Al mismo tiempo, la empresa podrá aludir a la pérdida de productividad como justificación.
Los médicos y las médicas de la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria, semFYC, se han mostrado preocupados y preocupadas ante esta sentencia en tanto en cuanto crea jurisprudencia. J
avier Padilla, miembros del Grupo de Trabajo de Inequidades en Salud, afirma: "Desde la perspectiva de quienes vemos a diario el efecto de la precariedad laboral sobre las vidas de nuestros pacientes y la enorme prevalencia de patologías crónicas
frecuentemente incompatibles con el desempeño de la actividad laboral cuando se agudizan, no podemos sino
manifestar nuestra alarma ante este posicionamiento del TC, así como ante la ley que lo posibilita".
Más aún cuando los porcentajes previstos en la ley se pasan a números enteros y jornadas de trabajo: "El 20 por ciento de las jornadas de dos meses pueden ser tan
solo 9 días; mientras que el 5 por ciento de un año son
11 jornadas de trabajo. De este modo, un esguince de tobillo significa el máximo de bajas para un año; y una neumonía puede llegar a ser ahora causa de despido. Suena increíble".
Peligro del presentismo y precariedad laboral
La incapacidad temporal o baja laboral es entendida por Javier Padilla como "
una herramienta que los médicos tenemos para
mejorar la salud de las personas evitando que la exposición a su puesto de trabajo menoscabe su estado de salud. Por esta razón, posicionamientos de este tipo pueden desembocar en, tal y como reconoce el propio Tribunal, un aumento del
fenómeno denominado como presentismo, esto es, acudir al trabajo en situación de enfermedad incompatible con dicha acción". Esta posibilidad no solo menoscaba la salud del trabajador,
sino de sus compañeros.
Los profesionales de Familia están especialmente preocupados por determinados sectores de la sociedad: "Hemos de hacer notar que dado que la enfermedad sí entiende de niveles socioeconómicos y clases sociales, así como la precariedad laboral, esta postura del Tribunal Constitucional afectará de forma mucho más acusada a las personas de clases más bajas, incurriendo no sólo en una
desprotección de la salud de la población en general sino muy especialmente de las personas más vulnerables y desprotegidas", asevera Padilla.
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