La normativa contempla tres tipos de reducciones en el PVP

Sanidad publica la lista de fármacos con deducciones de julio, con unos 3.500 medicamentos más.
César Hernández, director general de Cartera Común de Servicios del SNS


15 jul. 2024 15:00H
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El Ministerio de Sanidad ha publicado recientemente la lista de los medicamentos con deducciones sobre el Precio de Venta al Público (PVP) del mes de julio. En esta ocasión, y en línea con meses anteriores, la conforman unos 3.500.

Las reducciones en la facturación sobre el PVP pueden ser de tres tipos, tal y como recoge el Real Decreto Ley 8/2010 de 20 de mayo, después modificado por el Real Decreto Lay 9/2011, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. Estos son del 15 por ciento, 7,5 por ciento y 4 por ciento, que se destinan a medicamentos huérfanos, como recogen los artículos 8,9 y 10 de la normativa citada.

"Esta relación se mantendrá actualizada con periodicidad mensual junto al Nomenclátor de productos farmacéuticos del Sistema Nacional de Salud (SNS)", puntualiza el departamento dirigido por Mónica García.

La lista recoge cerca de 3.500 fármacos, de los cuales unos 2.000 formaban parte del apartado del 15 por ciento. Elecor, de Almirall, Olmetec, de Daiichi Sankyo, y Valdoxan, de Servier, son algunos de ellos.

En esta ocasión, del total, 1.357 cuentan con una reducción del 7,5 por ciento, lo que supone cerca del 39 por ciento. Entre ellos se encuentran Abryspo polvo y disolvente para solución inyectable, de Pfizer; Atozet de MSD; y Kisqali, de Novartis.

Una vez más, los medicamentos huérfanos incluidos (con una deducción del 4 por ciento sobre el PVP) son la minoría: apenas 167, lo que se traduce en menos de un cinco por ciento. Están, entre otros, Xenpozyme, de Sanofi; Livtencity, de Takeda; y Scemblix, de Novartis.


Deducción de precio hasta 2025


Tres meses atrás, Sanidad publicó la lista de fármacos que se benefician de la deducción del 15 por ciento hasta marzo de 2025. En total, son 104 las presentaciones de fármacos. Esta difiere de la recién nombrada, que tiene periodicidad mensual.

La normativa establece que en este conjunto se podrán incluir aquellos medicamentos cuya financiación ha superado los 10 años y no cuenta con un genérico o biosimilar que pueda hacer competencia en el mercado. En este caso, el documento es firmado por César Hernández, director general de Cartera Común y Farmacia del Sistema Nacional de Salud, y en él se detalla la fecha de aplicación de la medida.
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