Exteriores de la Comisión Europea.
Nuevo golpe a la vacunación contra el Covid-19 en la Unión Europa. Y es que, tras el retraso en la entrega de vacunas de
Pfizer y la lentitud en la producción de los viales de Moderna, llega el aviso de AstraZeneca de que no podrá hacer frente al total de las dosis prometidas en un primer momento. Una noticia que no ha sentado nada bien a la UE, ya que la farmacéutica británica comunicó el viernes a la UE que va a recortar las entregas comprometidas de su vacuna para
el primer trimestre en un 60 por ciento, pasando de las 80 millones de dosis previstas hasta 31 millones.
Ante estas noticias, la UE reaccionó anunciando negociaciones y presiones a ambas farmacéuticas, llegando incluso a amenazarles con ir a los tribunales si no cumplían con lo pactado en los contratos, los cuales siguen sin publicarse, tal y como recuerda
Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusi abogados.
Navas explica a
Redacción Médica que ambas partes estas condenadas a entenderse, dado que, en el caso de existir controversia entre ambos protagonistas, “primero deberán intentar solucionarlo de manera amistosa por medio de comunicaciones informales, pero,
si no se alcanzase acuerdo alguno, las partes contratantes estarán sometidas a los tribunales belgas”.
Pese a ello, el letrado recuerda que “solo ha sido publicado uno de los seis contratos suscritos entre la UE y las compañías farmacéuticas. En concreto, se trata del contrato formalizado junto a Curevac AG, el cual tomaremos como referencia al presumir que, el contenido de este contrato
es similar a los suscritos junto a Pfizer y AstraZeneca, y que aún no han sido publicados.
En el mencionado contrato, destaca Juan Ignacio Navas, en el apartado relativo a Garantías, Mecanismo y Aceptación se dispone lo siguiente: “El contratista garantiza que todos los Productos suministrados a los Estados miembros participantes se ajustarán, en el momento de la entrega, a las especificaciones finales. […] El resarcimiento a los Estados miembros participantes por el incumplimiento de una garantía establecida en el artículo anterior y
respecto a cualquier circunstancia relacionada con el estado y la condición del producto, será, a elección del contratista, a través de un reembolso”.
Compromisos con la UE
Pero este contrato contiene un matiz sobre el que se pueden escudar Pfizer y AstraZeneca a la hora de justificar los retrasos, y que ambas partes deberán de dilucidar: “Una Parte no es responsable de ningún retraso o incumplimiento de
sus obligaciones en virtud del APP si dicho retraso o incumplimiento es consecuencia de un caso de fuerza mayor”.
“Deberá analizarse el caso concreto, y verificar si el retraso en la entrega de las dosis de vacunación responde a causas por razón de fuerza mayor o, si se trata de un incumplimiento contractual por parte de la compañía farmacéutica. En este último caso, la Comisión y los Estados Miembros afectados podrán ser compensados por la parte incumplidora”, destaca el socio-director de Navas&Cusí.
¿Pero que sucede en el caso de no llegar a un acuerdo? En ese punto, Juan Ignacio Navas asegura que las farmacéuticas se tendrían que enfrentar a importantes demandas judiciales, las cuales se juzgarían bajo el manto del derecho belga, “algo que no les beneficiaría”.
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