Vassilios Skouris, presidente del TJUE.
El beneficiario de una licencia de patente debe pagar el canon por la utilización de una tecnología incluso si esta no da lugar a una infracción, según una sentencia del
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
"El derecho de la competencia de la Unión no prohíbe imponer el pago de un canon por la utilización de una tecnología, incluso si ésta no da lugar a una infracción, o incluso si se considera que nunca estuvo protegida en caso de anulación retroactiva de la patente", afirmó el TJUE.
Se trata de una sentencia relativa a una licencia concedida por la alemana
Behringwerke (adquirida después por
Sanofi) a la empresa de biotecnología
Genentech, que fue utilizada sin infringir las patentes, por lo que la empresa se negó a pactar una parte del canon pactado.
El tribunal de apelación de París preguntó al TJUE si, en esas circunstancias, Genetech debía pagar el canon.
Según el Tribunal, el canon constituye el precio a pagar para explotar comercialmente la tecnología patentada, "con la seguridad de que el concedente no ejercerá una acción por infracción contra el licenciatario".
Acceda a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE
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