David Lentisco, director general de Lentisco.
Los impactos de la relativa
nueva ley de contratos en la administración publica y su impacto en la sanidad ha centrado la conversación en el
XI Encuentro Global de Directivos de la Salud, organizado por
Redacción Médica, bajo el auspicio de la Sociedad Española de Directivos de la Salud (SEDISA) y con el patrocinio de Air Liquide, Cardiva, Fresenius Medical Care, Novartis, Sanofi y Siemens Healthineers.
David Lentisco, director general de Lentisco, ha sido el encargado de poner luz sobre esta nueva normativa que, en su opinión, “se está aplicando mal o muy mal”.
“Si hacemos un repaso de cómo se está aplicando esta norma en los 20 meses que lleva en vigor, debemos decir que se está haciendo mal o muy mal. La administración pública sigue utilizando el corta-pega. Y lo cierto es que la ley no ha servido para nada, básicamente porque no la hemos comprendido”, critica Lentisco.
¿Qué consecuencias y cambios ha traido al sector sanitario la nueva ley de contratos en la administración?
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Algunos de los motivos de esta decepción es que, prosigue el experto, “no se ha dado formación suficiente a los encargados de ejecutar la norma”. “Sin un mínimo de atención no vamos a poder incorporar lo que la ley nos ofrece. Cuando hablamos de
innovación tenemos que ser conscientes de que la compra pública, de por sí sola, no es innovadora. ¿Pero puede ser innovadora la forma en la que yo determino mis necesidades? Ahí, sí”.
Definir la necesidad asistencial
Es en ese punto donde David Lentisco señala que “la mejor innovación está en la forma de
definir la necesidad asistencial”. Dado que “la necesidad institucional debe de dejar de ser el comprar un principio activo para pasar a adquirir directamente la forma de tratar una patología dentro de unos parámetros. Hay que
ser innovadores en el objeto del contrato para conseguir mejores resultados”.
Dando un paso más allá, Lentisco ha puesto el foco de atención en la forma y bajo que parámetros se deben de adquirir esos productos. “Tenemos que aprender que es el
coste eficacia y el coste ciclo de vida. Es decir, lo que vamos a pagar dependerá del resultado obtenido. Tenemos que decidirnos a dejar de adquirir tecnología muy costosa que en 6 meses estará obsoleta para empezar a adquirir el uso de la tecnología”, concluye.
La mesa, moderada por
Pedro Izquierdo Doyagüez, director de gestión y servicios generales del Hospital Clínico San Carlos de Madrid, también ha contado con la opinión de
Ramón Ares Rico, gerente del área sanitaria de Lugo, A Mariña y Monforte de Lemos. Él ha confesado que “después de más de un año con la entrada en vigor de esta ley, no ha pasado nada”.
Al igual que Lentisco, Ares señala que “seguimos haciendo las cosas igual de bien o de mal que como antes. Pero algo si estamos haciendo ahora en la aplicación de la ley, que no es otra cosa que cambiar nuestra relación con el proveedor, el cual debe ser un aliado más en nuestra actividad cotidiana”.
David Lentisco; director general de Lentisco; Ramon Ares, gerente del área sanitaria de Lugo, A Mariña y Monforte de Lemos; Pedro Izquierdo Doyagüez, director de gestión y servicios generales del Hospital Clínico San Carlos de Madrid; y José Quintín Montero, jefe de Servicio de Suministros y Contratación del Hospital Getafe.
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Interventor del hospital
Una tarea que comparten con el interventor del hospital. “Ese perfil no forma parte del equipo directivo del hospital, pero tenemos la obligación de tenerlo, ya que está auditándonos continuamente. Bajo su control, y desde mi perspectiva, creo que estamos ajustando a la ley lo máximo posible. Si es cierto que seguimos funcionando igual, no se si con más o menos responsabilidad, pero debemos de intentar contar con una mayor participación de todos los agentes implicados en estas licitaciones, así como determinar nuestras verdaderas necesidades. A partir de ahí, creo que podremos llegar a utilizar procedimientos innovadores, desde un dialogo competitivo”, asevera Ares.
El punto y final lo ha puesto
José Quintín Montero, jefe de Servicio de Suministros y Contratación del
Hospital Getafe, que se ha enfrentado a la evolución de varias leyes de contratos públicos, varios programas informáticos, etc, pero, según explica, “el reto más importante que he tenido que afrontar es entender el artículo 118 de la Ley de Contratos del Sector Público, el referido a la adjudicación de contratos menores”.
Y es que según han señalado los tres ponentes presentes en esta mesa de debate, su interpretación es muy diversa según la administración que se encargue de su gestión. “El contrato menor dice que no se debe de adjudicar un contrato por no más de 15.000 € por proveedor. A partir de ahí surgen numerosas preguntas. ¿Límite para toda la organización? ¿Límite por Unidad Funcional? ¿En un año natural? ¿En un Ejercicio? Hay 18 interpretaciones: 17 autonómicas y 1 central”, responde David Lentisco a modo de conclusión.
David Lentisco, en un momento de su intervención.
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