La jurisprudencia de prácticas anticompetitivas todavía es escasa



29 oct. 2015 14:08H
SE LEE EN 5 minutos
Javier Barbado. Madrid
Los acuerdos de riesgo compartido entrañan un riesgo adicional para los laboratorios: la duración y condiciones del periodo de exclusividad concedido por el hospital al medicamento que entra en juego, principal foco de prácticas anticompetitivas, según ha señalado la inspectora de Competencia en la Comisión Europea Noa Laguna durante un foro de Fuinsa celebrado en la Asociación de la Prensa de Madrid (APM).

Noa Laguna, Emilio Vargas (profesor titular en la Universidad Complutense de Madrid), Miguel Ángel Calleja y Guillerno de Juan.


Para el presidente de la Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria (SEFH), Miguel Ángel Calleja, "uno o dos años son razonables" como tiempo acotado en estos contratos, así como una reunión cada dos o tres meses de la comisión de seguimiento creada en cada hospital al respecto.

El techo de gasto y otras condiciones del riesgo compartido han sido mencionados por la mayoría de los ponentes.


Otras actitudes sancionables por las autoridades comunitarias en este tipo de acuerdos consisten en no definir con claridad, por cualquiera de las dos partes, el estado del mercado en la patología y fármaco en liza, esto es, obviar la existencia de alternativas válidas de forma probada o potencial, así como conceder al fabricante descuentos por amplicaciones de volúmenes del medicamento utilizado.

Pero Laguna también ha enumerado las ventajas de compartir el riesgo para probar fármacos por cuanto mejoran la accesibilidad de los pacientes a los que son de nueva cuña, permiten evaluar su coste-efectividad, mejorar las ofertas de precio así como las partidas hospitalarias de gasto farmacéutico.

No solo nuevos fármacos

Por su paryte, Calleja ha defendido que esta clase de contratos no se ciñan a nuevos fármacos, sino que incluyan también a los que llevan tiempo en el mercado.

Al mismo tiempo, Calleja ha reconocido la importancia de delimitar los criterios que condionan ese pago "hasta un límite, porque el riesgo no puede ser ilimitado" y ha instado a acotarlo "entre un 20 y un 40 por ciento".

A la izq., el presidente de la SEFH, Miguel Ángel Calleja. A la dcha., vista del auditorio en la Asociación de la Prensa de Madrid.


En su opinión, la estrategia del pago por resultados requiere de un Comité de Seguimiento en el que estén representados la dirección económica del hospital y la de los laboratorios, y, en este sentido, ha mencionado ahorros de entre el 30 y el 40 por ciento con uso de estas estrategias compartidas (18 millones de euros, desde 2011, en el caso concreto del Virgen de las Nieves de Granada, donde ostenta la Jefatura del Servicio de Farmacia).

Seguimiento y efectividad versus eficacia

Según Calleja, la efectividad de los fármacos suele ser menor que su eficacia (entre otras muchas razones, debido a la comorbilidad en el enfermo), por lo que, para aumentar aquélla, se debe potenciar la adherencia al tratamiento, en especial en las patologías crónicas; optimizar las compras, aumentar la competencia entre moléculas similares, no pagar por cajas de medicamentos sino por la salud que generan, punto que se acerca a la idea principal debatida en el foro: la modulación del precio en función de los resultados.

Calleja ha citado la guía del Catsalut sobre acuerdos de riesgo compartido, al ser Cataluña una de las comunidades autónomas con más experiencia en su desarrollo, y ha mencionado la delimitación de un techo de gasto por patología y no por fármaco.

Como ha recordado el presidente de la SEFH, el pago por resultados consiste en que, si un paciente no responde, se abona menos o incluso no se financia; además, el riesgo se comparte entre la industria y el hospital, el cual dispone de un fármaco que reduce el presupuesto como poco.

La variabilidad de la clínica, un obstáculo

Por otra parte, el director de Relaciones Institucionales de AstraZeneca, Guillermo de Juan Echavarri, ha subrayado la variabilidad de la práctica clínica como un obstáculo para implementar contratos de riesgo compartido, de los que también ha recalcado la necesidad de un "equilibrio por las dos partes" y el ánimo de situar al paciente en el cento del sistema.

Según De Juan, resulta necesario "trabajar de manera intensa en materia de innovación, ttransparencia y evaluación del valor terapéiutico e identificación de la incertidumbre" en esta clase de contratos.

Para este directivo, "estos acuerdos, desde el punto de vista de la transparencia, hacen que echemos en falta cómo funcionan y cuántos se hacen no solo en España, sino en el resto de la Unión Europea". "En AstraZeneca somos muy sensibiles al problema de la sostenibilidad, por lo que defendemos este tidpo de contrataciones", ha ratificado tras ensalzar otros modelos sanitarios donde se llevan a la práctica de una manera, en su opinión, acertada, como el caso de la sanidad italiana.

ENLACE RELACIONADO:

Sanidad no ve futuro en los acuerdos de riesgo compartido en medicamentos (13/05/15)
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.