El Gobierno ha ratificado este miércoles el Real Decreto destinado a impedir a los
hospitales privados elegir ‘a la carta’ sus MIR. Según recoge la norma, la segunda de esta naturaleza que impulsa el Ministerio de Sanidad, el sistema de adjudicación de plazas para la
Formación Sanitaria Especializada (FSE) en los centros de gestión indirecta “se efectuará de acuerdo al orden decreciente de la puntuación obtenida por cada aspirante” y en las
“mismas condiciones” que en el ámbito público. Ello “respeta el principio de
libertad de empresa”, reivindica el departamento de
Mónica García, que ‘responde’ de esta forma al fallo del Tribunal Supremo contrario a esta “conformidad previa” en la privada para aceptar a residentes.
El Consejo de Ministros aprobó este mismo martes este Real Decreto por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud y se
establecen las normas aplicables al acceso a plazas de FSE. La letra pequeña del mismo, no obstante, no ha trascendido hasta su publicación en el
Boletín Oficial del Estado (BOE).
Tal y como recoge el texto, “todas las plazas ofertadas en la convocatoria anual para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada” se asignarán “de acuerdo al orden decreciente de la puntuación obtenida por cada aspirante”, que es “la
esencia del propio sistema de adjudicación de plazas”.
Sanidad recuerda además que la participación de los centros privados es “voluntaria”. , en el que la participación de los centros privados es voluntaria”. “Estos no tienen
obligación de ofertar plazas de formación especializada, por lo que su capacidad para decidir si colaboran o no con el sistema diseñado por la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, permanece intacta —expone—. Ahora bien, al aceptar libremente su participación en dicho sistema, deben someterse a las mismas reglas que el resto de los centros, prevaleciendo una clara diferencia de trato entre dichos centros y el resto de los que ofertan plazas de formación especializada”.
Añade el departamento de García que este sistema constituye “el
instrumento idóneo y único posible” para regular el propio Sistema Nacional de Salud (SNS). Del mismo modo, considera que es compatible con la “libertad de empresa”, ya que “el objeto de la relación laboral especial de residencia consiste en una relación laboral de carácter temporal y atiende a las características específicas de la actividad formativa y de la actividad asistencial que se desarrolla en los centros sanitarios”.
Fallo del Tribunal Supremo sobre elección MIR 'a dedo'
Se trata de la segunda reforma legislativa que realiza el Gobierno para impedir la
elección MIR ‘a la carta’ en la privada después de que el pasado octubre el
Tribunal Supremo anulara varios de los artículos del RD primigenio.
"Es evidente que la reforma afecta a un aspecto esencial aplicable a las normas reguladoras del acceso a las plazas pues altera el sistema de adjudicación de plazas que es uno de los aspectos esenciales del sistema de residencia para el acceso a la formación sanitaria especializada", concluye el Tribunal.
Actualmente existen
64 centros y unidades docentes privadas que ofertan plazas de Formación Sanitaria Especializada, aunque solo cuatro de ellos aplicaban la conformidad previa: la Clínica Universidad de Navarra, el Centre d’Oftalmología Barraquer, el Institut Universitari Dexeus y el Centro Médico CETIR.
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