En comparación a hace un año, el número de aspirantes admitidos se reduce en 1.161 personas

Primera lista de admitidos al examen MIR 2022: 12.477 aspirantes aceptados
Instantes previos al inicio del examen MIR 2021.


16 nov. 2021 12:50H
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El Ministerio de Sanidad ha publicado este martes el listado provisional de admitidos para la actual convocatoria del examen MIR 2021-2022, en el que se contará con, al menos, 12.477 aspirantes que ya han sido admitidos a la prueba para médicos, la cual se celebrará el próximo 29 de enero. El total de solicitudes recibidas rondan las 13.909 entre admitidas y no admitidas. La lista definitiva de admitidos se publicará en el plazo máximo de dos meses. 

En comparación con el año anterior, el número de aspirantes provisionales aceptados al examen MIR se ha vuelto a reducir considerablemente. Este año, en el primer listado publicado por Sanidad hay 1.161 personas menos admitidas a la prueba. Así, se ha pasado de 13.638 candidatos provisionales admitidos en las pruebas de 2021 a los 12.477 alcanzados en la presente convocatoria. En el caso de las solicitudes declinadas, la cifra alcanza las 1.434 candidaturas, una más que hace un año.

Precisamente, este primer listado de admitidos, con 12.477 personas con derecho a realizar el examen MIR, es una de las cifras más bajas que se recuerda en los últimos años. Hay que ir hasta la convocatoria de 2015 para encontrar una cifra menor que la presente. Aquel año, la cifra de admitidos provisionales al examen MIR fue de 11.681 aspirantes. La diferencia es que en aquel entonces la oferta MIR no superaba las 6.500 plazas, mientras que en este año, la oferta actual de plazas para médicos es de 8.188. 

Como ha sucedido en años anteriores, la no admisión de estas solicitudes podría estar relacionada con la ausencia de: acreditación (título de grado, licenciado o diplomado), DNI (u otra identificación); firma; renuncia previa (con la aceptación del centro); acreditación de conocimiento del idioma; declaración jurada, falta del certificado negativo del registro central de delincuentes sexuales y autorización de estancia en España. Así mismo, también podrán ser argumentos para la exclusión en el caso de los aspirantes extranjeros no comunitario, el hecho de que el abono de su candidatura no se haya realizado correctamente o que la documentación se enviara fuera del plazo establecido.

¿Cómo puedo reclamar si no he sido admitido al examen MIR 2022?


Según explica el Ministerio de Sanidad en una nota publicada en su web, los afectados tienen un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación (del 17 de noviembre al 30 de noviembre ambos incluidos), para presentar reclamación con el fin de subsanar los defectos que motivan la no admisión, realizando las alegaciones y aportando, en su caso, la documentación preceptiva. La no subsanación determinará la exclusión de la prueba de la persona aspirante de las pruebas selectivas.

En este sentido, el Ministerio de Sanidad ha habilitado hasta cuatro vías para realizar la reclamación.
  • Todas las personas que dispongan de Certificado Digital o DNI electrónico deberán presentar las reclamaciones a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado dirigiendo las reclamaciones al Ministerio de Sanidad- Secretaría de Estado de Sanidad.
  • Para las personas que no dispongan de Certificado Digital o DNI electrónico, deberán presentar las subsanaciones preferentemente en las oficinas de asistencia en materia de registros, en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. En estos casos tanto las solicitudes de corrección de errores en los datos personales, como las subsanaciones se presentarán utilizando el modelo de reclamación publicado en la página web del Ministerio de Sanidad y que posteriormente se deberá presentar en las oficinas antes mencionadas.
  • Para subsanar los casos de no admisión por la causa 5 y 6 “falta de abono de tasas/justificación incorrecta de exención de abono de tasas”, se deberá cumplimentar un nuevo Modelo 790, aportando la acreditación de la exención de abono de tasas o bien abonando la tasa correspondiente electrónicamente o en una oficina bancaria autorizada y posteriormente presentarlo a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado o presencialmente en las oficinas referenciadas en el párrafo anterior.
  • Para subsanar los casos de no admisión por la causa 16 “presentación incorrecta de la solicitud” (registro no electrónico de su solicitud), se deberá registrar electrónicamente el Modelo 790 cumplimentado durante la fase de presentación de solicitudes, a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado -dirigiendo las reclamaciones al Ministerio de Sanidad- Secretaría de Estado de Sanidad. A los interesados que no cumplan lo dispuesto en este apartado, se les podrá declarar decaídos en su derecho al trámite correspondiente.

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