José A. Puglisi. Madrid
El MIR dejará de ser una pesadilla. Al menos, para aquellos candidatos que opten por el derecho de conformidad previa tras la aprobación del Real Decreto por el que se regulan los registros públicos de profesionales de los Consejos Generales de los Colegios Oficiales de las Profesiones Sanitarias. La normativa, que aún debe ser aprobada en el Consejo de Ministros, suaviza los requisitos para acceder a una plaza MIR en un centro privado, debido a que deja de exigir un número igual o menor al total de plazas de la especialidad para pasar al número de orden por titulación.
Domingo Antonio Sánchez.
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“De aprobarse este Real Decreto, los estudiantes que optan para una plaza con derecho de conformidad previa podrán estar muy por debajo del orden de la especialidad, pero acceder sin ningún inconveniente a una plaza de una especialidad en un hospital privado en cualquier parte de España”, ha explicado Domingo Antonio Sánchez, vicepresidente del Consejo Estatal de Especialidades Médicas (CEEM). En este sentido, los estudiantes con este derecho verán minimizado el esfuerzo académico necesario para convertirse en médicos internos residentes.
Por ejemplo, si antes un estudiante debía estar entre los primeros 400 MIR para acceder a una plaza en Dermatología, con el cambio de la normativa, podría acceder a la plaza incluso estando entre los 1.000 o 2.000 MIR., ya que no se valora su número en relación con la especialidad sino con el total de la titulación.
Sánchez ha advertido al Consejo de Estado que “de no resolverse este punto del Real Decreto, se valorará la posibilidad de convocar a movilizaciones, debido a que viola el derecho de equidad en la elección de las plazas MIR”. La propuesta de los estudiantes es, por lo tanto, que el Consejo de Estado (en cuya instancia está el Real Decreto) haga un cambio en la normativa antes de ser aprobada por el Consejo de Ministros y mantenga el modelo tradicional, donde el candidato deberá contar con un número igual o menor al total de plazas de especialidad, indiferentemente si cuenta o no con una conformidad previa de un centro privado.
Elección única en camino
El Real Decreto por el que se regulan los registros públicos de profesionales de los Consejos Generales de los Colegios Oficiales de las Profesiones Sanitarias no conlleva a solo desacuerdos. Por el contrario, el apartado 35.3 suprime al apartado cuarto y da luz verde a la elección única de tronco y especialidad, por lo que la norma indica que “las plazas en formación no troncales y troncales se elegirán en una única fase antes de iniciar el periodo formativo”.
El vicepresidente del CEEM ha aplaudido el cambio y lo considera “una demostración más en la disposición del Ministerio de Sanidad para facilitar la elección única de los residentes, así como una aproximación a las necesidades de los estudiantes de Medicina y otras carreras sanitarias”.
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