Hiedra García Sampedro. Madrid
El Consejo de Estado ha hecho hincapié en la especial situación de la carrera de Psicología, que es una profesión “no regulada” y que no da acceso a trabajar en el sector sanitario por ella misma, sino a través de un máster de Psicología General Sanitaria.
José Manuel Romay Beccaría, presidente del Consejo de Estado.
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Este organismo ha emitido su dictamen sobre la normativa que modifica el Real Decreto de Ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficial aprobada en Consejo de Ministros y que abre la posibilidad a que las titulaciones de Grado tengan una duración de tres años y se complementen con un máster de dos años.
Según esta normativa, cuando los títulos habiliten para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en España, el Gobierno “establecerá las condiciones a las que deberán adecuarse los correspondientes planes de estudios (…) que deberán diseñarse de forma que permitan obtener las competencias necesarias para ejercer esa profesión”. Pero para el Consejo de Estado en el caso de Psicología debería aclararse su situación en el articulado del proyecto, “no siendo suficiente una mera remisión a la normativa sectorial que sea de aplicación”.
Como recuerda este organismo asesor, el Gobierno debe establecer las condiciones de los planes de estudios que habilitan el ejercicio de profesiones reguladas porque la normativa comunitaria impone unas determinadas exigencias de formación en estas profesiones de cara al reconocimiento de cualificación en el ámbito de la Unión Europea. También es responsable el Gobierno en el caso de titulaciones que no habiliten pero son un requisito de acceso al máster habilitante. Este es el caso de Enfermeros, Fisioterapeutas, Dentistas o Farmacéuticos.
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Consulte el texto del dictamen elaborado por el Consejo de Estado
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