La memoria de impacto normativo de la especialidad recogía que 9 CCAA necesitaban a estos especialistas

El Gobierno aprueba el real decreto para la creación de la especialidad de Urgencias y Emergencias
Ministerio de Sanidad.


2 jul. 2024 12:00H
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El real decreto que crea la especialidad de Urgencias y Emergencias ya es una realidad. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes su creación y el documento que desgrana el desarrollo de la especialidad ya puede comenzar a aplicarse. Incorpora, como novedad, hasta 12 turnos para solicitar acceso 'sin MIR', para aquellos médicos que ya cuenten con un título de especialista o los habilitados para el ejercicio de la Medicina de Familia que ya hayan trabajado. Con este documento, además, se busca reparar la necesidad de la que ya alertaron hasta nueve comunidades autónomas de estos médicos especialistas en Urgencias y Emergencias.

Así se establecía en la memoria de impacto normativo que publicó el Ministerio de Sanidad y a la que ha tenido acceso Redacción Médica junto con el real decreto. Hasta nueve comunidades refirieron la necesidad de formación de especialistas de Urgencias y se han comprometido a la financiación de plazas. Con esto, el primer MIR de Urgencias podría 'estrenarse' con un total aproximado de 158 plazas y hasta 34 tutores. 

Las dos CCAA que más plazas aportarían en un inicio son Madrid y Cataluña, 30 vacantes y con seis tutores cada una. Les sigue Aragón, que también aportaría seis tutores para sus 26 plazas y, tras esta, la Comunidad Valenciana con 22 vacantes y seis tutores. También han solicitado esta figura de especialistas las comunidades autónomas de Castilla y León (19 plazas y cuatro tutores), Galicia (14 plazas y tres tutores), Castilla-La Mancha (12 plazas y tres tutores), Canarias (ocho plazas y cuatro tutores) y La Rioja (cinco plazas y un tutor).


Proyecto presupuestario y la 'unión' con Familia


El coste de formación de una persona residente durante cuatro años de formación (duración mínima de la nueva especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias) asciende, según el impacto presupuestario que recoge la memoria, a 219.414,079 euros. Por lo tanto, el coste de la formación de los residentes propuestos por las comunidades autónomas que se han comprometido a financiar la oferta de plazas de esta nueva especialidad, supondría un total de 42.021.880,59 euros.

La dedicación media del tutor a la formación de residentes de acuerdo a las CCAA que han establecido su normativa de desarrollo del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero es de tres horas al mes por residente asignado. Por tanto, el coste de la función tutorial , que es similar al coste de los tutores de otras especialidades, se estima en 33.729,78 euros por residente a lo largo de los cuatro años de formación de la nueva especialidad. El coste de la tutorización total por la oferta plazas asciende a los 5.599.143,48 euros.

Otra de las características de este RD es que las especialidades de Urgencias y Emergencias y de Medicina Familiar y Comunitaria contarán con una formación común durante los dos primeros años de residencia. "Las especialidades de Medicina de Urgencias y Emergencias y de Medicina Familiar y Comunitaria compartirán un período de formación común durante los dos primeros años del período de formación. Las competencias a adquirir durante estos dos primeros años serán elaboradas por la Comisión delegada de atención inmediata y la formación en la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias tendrá una duración mínima de cuatro años", señala el RD.

El contar con esta parte de la formación compartida supone un 'plus' para los residentes que se especialicen en una de estas dos ramas médicas, ya que podrán obtener la segunda especialidad más fácilmente. Las personas especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria y las especialistas en Medicina de Urgencias y Emergencias, "con al menos cinco años de ejercicio profesional en la correspondiente especialidad", podrán obtener el título de la otra especialidad con la que comparte periodo común de formación a través de una prueba de evaluación de la competencia en el campo de la nueva especialidad que se pretende adquirir y la superación de un periodo formativo "de al menos dos años".

Vías de acceso extraordinario al título de Urgencias


El RD al que ha tenido acceso este diario, incluye tres vías extraordinarias para acceder a la especialidad. Una de ellas es el acceso directo, dirigido a aquellos que "acrediten una prestación de servicios durante, al menos, cuatro años dentro de los siete inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de este real decreto". La segunda vía contempla la superación de una prueba práctica para las personas especialistas que acrediten un ejercicio profesional entre dos y cuatro años, en los cuatro años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor del RD. 

La tercera y última vía de acceso a la especialidad de forma extraordinaria exige también la superación de una prueba práctica. Esta va dirigida para las personas que a la entrada en vigor de este RD "estén realizando una formación médica especializada" y aquellas personas que inicien dicha formación tras la entrada en vigor del RD y la finalicen antes de que concluya la primera promoción de especialistas en Medicina de Urgencias y Emergencias "deberán acreditar un ejercicio profesional a tiempo completo de, al menos, el cincuenta por ciento del tiempo transcurrido desde la obtención del título de especialista correspondiente", o un ejercicio equivalente si la jornada es a tiempo parcial.

Para evitar un colapso en el trámite de solicitudes, Sanidad establecerá un proceso escalonado en 12 tramos en el que las solicitudes de las personas que acrediten el ejercicio profesional según lo establecido se realizará de forma escalonada, según el mes de nacimiento de las personas solicitantes, sin tener en cuenta el año. Cada grupo dispondrá de un plazo de quince días naturales para la presentación de su solicitud.
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