La campaña para la declaración de la renta comenzó el 2 de abril y se puede presentar hasta el 25 de junio

Médicos residentes. La campaña para la declaración de la renta comenzó el 2 de abril y se puede presentar hasta el 25 de junio.
Médicos internos residentes.


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Como cada año la campaña para la declaración de renta presenta algunas novedades que pueden afectar a los Médicos Internos Residentes (MIR) y a las que deberán estar muy atentos si quieren cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales.

El plazo de presentación de la renta comenzó el pasado 2 de abril y los españoles tendrán hasta el 25 de junio para hacerlo, aunque la campaña finaliza oficialmente el 30 de junio.
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La declaración no es obligatoria para todos los ciudadanos, solo aquellos trabajadores que superen los 22.000 euros anuales procedentes de un mismo pagador, algo que en principio los MIR no cumplirían ya que el sueldo medio base anual de los médicos residentes de primer año en nuestro país fue, en diciembre de 2024, de 16.369 euros netos, mientras que en el caso de los residentes en su quinto año la media nacional se eleva hasta 20.566 euros netos. Sin embargo, hay un aspecto clave que cambia las tornas; las guardias.

Las guardias marcan la diferencia en la renta


Los MIR tienen, aparte de su horario normal, la obligación de participar en los turnos de guardia, turnos de 24 h que pueden ser un máximo de siete al mes, aunque de media suelen ser unas cuatro o cinco mensuales. Esto es lo que eleva sus emolumentos anuales y hace que la inmensa mayoría de ellos tenga la obligación de realizar la declaración de la renta.

Y es que según un estudio realizado por la Fundación Centro Estudios SIMEG, dirigido por Vicente Matas, la media de sueldo neto en España para los residentes si tomamos en cuenta unas 80 h mensuales de guardia, cifra relativamente baja en la mayoría de casos, sería de 26.001 euros mensuales para los de primer año y de hasta 34.489 euros mensuales para los de quinto año.

Incluso obviando la media y enfocando los ingresos netos menores al mes por comunidad autónoma, Andalucía, que sale como la peor pagada, estaría pagando a sus residentes de primer año hasta 24.430 euros mensuales si se contabilizan las guardias, por lo que incluso en este caso la declaración de la renta sería obligatoria.

La excepción a la norma puede estar en el caso de los residentes en Medicina Preventiva y Salud Pública, quienes por regla general están exentos de realizar guardias y turnos nocturnos y por tanto pueden quedar bajo el umbral de los 22.000 euros anuales.

Deducciones a tener en cuenta para los MIR


Una de las principales deducciones a las que los residentes pueden aplicar es a la de movilidad geográfica, circunstancia que cumplen muchos de los MIR, especialmente en el caso de los de primer año, pudiendo justificar de esta forma hasta 2.000 euros de gasto, siempre y cuando el interesado esté registrado en el INEM.

Otra causa de deducción es el alquiler de vivienda, se aplicará una reducción del 70% si es la primera vez que se alquila y el inquilino tiene entre 18 y 35 años. En otros casos, la reducción oscila entre el 60% y el 50%.

Además, si el declarante fue afectado por la DANA que sacudió la Comunidad Valenciana entre octubre y noviembre de 2024, no tendrá que declarar nada por las ayudas recibidas.

Como novedad, este año se podrá realizar el pago del IRPF a través de Bizum, además de los métodos tradicionales como domiciliación bancaria, cargo en cuenta, NRC (Número de Referencia Completo) o pago en oficina bancaria.

¿Cómo realizar la declaración de la renta?


En este enlace de la Agencia Tributaria se encuentran todos los detalles necesarios para hacer paso por paso la declaración.

En primer lugar habría que obtener un borrador, que no es vinculante, en el que el contribuyente puede realizar todas las comprobaciones pertinentes y revisar o modificar las informaciones antes de presentar la declaración a través de Renta WEB.

El acceso puede ser con certificado electrónico o DNIe; con Cl@ve Móvil; o con un número de referencia de renta válido.
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