Exterior del ISCIII.
La
Universidad Autónoma de Madrid y el
Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) han firmado un convenio para la realización de prácticas académicas externas o la realización del trabajo de fin de grado/máster (TFG/TFM). Tal y como recoge el
Boletín Oficial del Estado (BOE) de este sábado, este acuerdo ha sido firmado por Francisco Javier Oubiña, vicerrector de Estudiantes y Empleabilidad de la Universidad Autónoma de Madrid, y Cristóbal Belda, que era director del Instituto de Salud Carlos III hasta esta semana.
Según
se especifica en el documento, el principal objetivo es "regular las condiciones en que estudiantes de la universidad realizarán un
programa de prácticas externas o la realización del trabajo de fin de grado/máster (en adelante TFG/TFM), en el
ISCIII, de cualquier enseñanza impartida por la universidad relacionada con la
biomedicina y ciencias de la salud, tanto oficiales como propias, según las condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo".
Por su parte,
la Universidad Autónoma de Madrid tiene entre sus fines acercar la
formación universitaria a la realidad social y profesional mediante el establecimiento de relaciones con instituciones externas, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica de los
conocimientos teóricos adquiridos.
Mientras que el
ISCIII será el encargado de
planificar, fomentar y coordinar la investigación y la innovación biomédica y sanitaria, así como la prestación de
servicios científico-técnicos de referencia en el ámbito de la salud pública. Por ello, entre sus funciones está el desarrollo de actividades de investigación que conllevan la
formación de personal investigador.
Detalles del convenio ISCIII y Universidad Autónoma
Asimismo, se especifica que las prácticas académicas externas pueden ser
curriculares y extracurriculares. Las primeras se configuran como actividades académicas
integrantes del Plan de Estudios de que se trate y su duración la establece este plan y las segundas son aquellas que los estudiantes podrán
realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación, pero no serán superiores al cincuenta por ciento del curso académico.
En este sentido, se acuerda que sea
la universidad la que elabore un anexo para cada estudiante en prácticas y
designe un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto formativo. También podrá proponer que los tutores de prácticas designados por el ISCIII, reciban el nombramiento honorífico de 'Colaborador en Prácticas Externas' y deberá incluir en el
sistema de Seguridad Social a los alumnos que realicen cualquier tipo de prácticas formativas en el ISCIII.
Por otro lado, las responsabilidades del instituto serán facilitar al
estudiante la realización de sus exámenes, nombrar a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante, poner a disposición de la realización de las prácticas los medios materiales y
servicios disponibles, observar las medidas de Seguridad e Higiene establecidas en el centro de trabajo asignado y comunicar a la universidad los días efectivos de prácticas de cada alumno.
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