El BOE publica la nueva Ley de Convivencia Universitaria, que castigará también el plagio y el fraude académico

DOCUMENTO| Vulnerar normativa sanitaria, 3 años de expulsión universitaria
Joan Subirats, ministro de Universidades.


25 feb. 2022 9:50H
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este viernes la Ley de Convivencia Universitaria, enfocada a que los todos los centros españoles actúen bajo un marco común de cara a la resolución de conflictos. La norma establece nuevas sanciones por conductas ‘muy graves' que, en el peor de los casos, acarrean para los alumnos expulsiones de hasta tres años. Y entre estas se encuentran no solo el plagio o el fraude, sino también por vulnerar la normativa sanitaria.

Así ha quedado establecido en el artículo 11 de la nueva Ley de Convivencia Universitaria, que establece qué actuaciones se considerarán a partir de ahora como ‘faltas muy graves’. Se encuentran entre ellas la realización de novatadas u otras conductas vejatorias, el acoso sexual, la discriminación por raza, sexo o religión o el robo. Tal y como avanzó el ya exministro de Universidades, Manuel Castells, también se considerará motivo de expulsión el plagio y el fraude académico en los trabajos de Fin de Grado y Máster.

-Vea aquí el documento de la nueva Ley de Convivencia Universitaria-

En el octavo apartado aparece también una advertencia vinculada a la preservación de la sanidad. En concreto, la norma indica que “incumplir las normas de salud pública” establecidas en las universidades “poniendo en riesgo” al conjunto de la comunidad será castigada con una “expulsión de dos meses hasta tres años” del centro en el que se cometa la falta. Precisamente, la política sanitaria ha cobrado especial relevancia en la vida académica de los últimos años debido a la expansión del Covid-19, que llevó a los centros a establecer a marchas forzadas una nueva normativa para preservar la salud de alumnos y docentes. 

“La sanción con expulsión deberá constar en el expediente académico hasta su total cumplimiento”, indica el artículo 14 de esta ley, que establece también la “pérdida de derechos de matrícula parcial durante un curso o semestre académico” para los infractores.

Aplicación de la Ley de Convivencia Universitaria


La norma, que fue aprobada de forma definitiva por el Senado la semana pasada, deroga el decreto vigente desde el año 1954 sobre el Reglamento de Disciplina Académica de los Centros Oficiales de Enseñanza Superior y de Enseñanza Técnica dependientes del Ministerio de Educación Nacional. Según el Ministerio de Universidades, esta normativa constituía una “clara contradicción con los principios democráticos de nuestra sociedad actual”.

“La nueva ley y sienta las bases para reformular el marco de convivencia universitaria haciendo énfasis en el ejercicio de las libertades y los derechos fundamentales y garantizando la igualdad para un posterior desarrollo por las comunidades autónomas y las propias universidades”, destaca.

En este sentido, añade que con la nueva norma “todas las universidades están obligadas a tener normas de convivencia, que incorporen mecanismos de mediación como vía preferente para la resolución de los conflictos, así como medidas de prevención y respuesta frente a la violencia, la discriminación o el acoso”.
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