El sindicato no prevé la posibilidad de compatibilizar el desempeño de la actividad asistencial con el período de reespecialización



19 feb. 2013 19:02H
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Redacción. Madrid
El Sindicato de Enfermería (Satse) ha trasladado al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad su rechazo al al Proyecto de Real Decreto por el que se regula la troncalidad y otros aspectos del Sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud, al entender que “no cuenta con el colectivo enfermero”.

Alejandro Laguna, secretario general de Satse.

El Sindicato de Enfermería ha presentado distintas alegaciones en las que recoge su disconformidad con algunas de las cuestiones que plantea el texto normativo que ha elaborado el Gobierno. A su juicio, es “un documento discriminatorio que supone un nuevo agravio comparativo para la Enfermería con respecto a la profesión médica”.

En este sentido, Satse subraya que el Proyecto de Real Decreto, aunque alude genéricamente a todas las profesiones con especialidades en Ciencias de la Salud, “evidencia en su contenido que se refiere casi en exclusiva a las especialidades médicas”. También denuncia que no se regula la posibilidad de creación de áreas de capacitación específica para las especialidades enfermeras.

De igual manera, el sindicato no prevé la posibilidad de compatibilizar el desempeño de la actividad asistencial con el período de reespecialización (que será en régimen de residencia), a pesar de que esta reespecialización está dirigida principalmente a especialistas que ya trabajan en el sistema.

No a la derogación del 405/2005

Por otra parte, rechazan que se pretenda derogar el Real Decreto 450/2005 de Especialidades de Enfermería, una norma, a su juicio, “de referencia para la profesión enfermera, y cuyas disposiciones no están todas recogidas en otras normas y algunas de ellas incluso están pendientes de desarrollo o cumplimiento”.

Asimismo, el Satse considera inadecuado que se utilice el término “facultativo” y apunta que “no es coherente” con las denominaciones establecidas para las profesiones sanitarias en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS). Por último, la organización sindical advierte de que se facilita el acceso al título de especialista a médicos con el cumplimiento de unos “requisitos mínimos”, mientras que en el caso de la Enfermería la regulación para el acceso por vía transitoria o excepcional “ha sido y es mucho más rigurosa y exigente”.

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