Cristina Mouriño. Madrid
El Sindicato Médico de la Comunidad de Madrid, Amyts, ha puesto su asesoría jurídica a disposición de los facultativos que se vean perjudicados al haberse nombrado como director de centro a quien no ostente la condición de licenciado en Medicina y Cirugía. El decreto 52/2010 por el que se establecían las Estructuras Básicas Sanitarias y Directivas de Atención Primaria en el Área Única de Salud fue recurrido y se falló que no era conforme a derecho, y en consecuencia se anuló.
J. Ezquerra.
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Según ha señalado el secretario general de Amyts a Redacción Médica, Julián Ezquerra, “esa sentencia es firme pero no se ha cumplido”. A petición de un grupo de médicos, el Sindicato Médico se ha puesto a su disposición para que aquellos que se puedan ver afectados inicien acciones individuales ante la Consejería de Sanidad.
La sentencia se centra en el análisis jurídico del artículo 9 del citado decreto en el que se establece que el director de un centro de salud se proveerá, mediante convocatoria pública entre profesionales sanitarios, con lo que cualquier profesional sanitario, independientemente de su condición sea facultativo o no, podrá optar al puesto. Según apunta Amyts, el decreto vulnera lo dispuesto en la disposición adicional décima de la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, al no establecer los mecanismos concretos que han de tenerse en cuenta a la hora de evaluar el desempeño de las funciones de dirección y de los resultados obtenidos.
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