En un hospital de Portugal se ha prohibido acudir con tatuajes a trabajar.
El
polémico comentario de un paciente criticando a una enfermera por llevar
tatuajes no ha quedado en el olvido. Mientras que algunos pacientes se siguen preguntando si las
normas de ‘vestimenta’ deben imperar en todos y
la profesión se lanza a la calle bajo el hashtag #sanidadtatuada, cabe preguntarse si existe una normativa vigente que
obligue a un profesional sanitario a tapar sus tatuajes. Y la repuesta es no.
Así lo han confirmado a
Redacción Médica la gran mayoría de las organizaciones sindicales de las diferentes
comunidades autónomas. Satse ha preguntado entre sus ramas regionales y ha confirmado que en
Cantabria, País Vasco, Asturias, Murcia, Comunidad Valenciana, Castilla y León, Rioja, Andalucía, Aragón, Navarra, Extremadura y
Ceuta no existe ningún tipo de instrucción o protocolo sobre códigos de
vestimenta u adornos.
De esta forma, y al ser los servicios de salud los reguladores de esas posibles normativas, queda descartado que
en más de la mitad de las CCAA de España existan pautas concretas sobre vestuario, adorno o tatuajes. Por consiguiente, quedan a
elección y merced del gusto del profesional sanitario.
Polémica en Portugal
Pero, aunque parezca lejano que se estipulen este tipo de
códigos de maquillaje y vestimenta, este mes de marzo
saltaban a los medios de comunicación las indicaciones de un
hospital en Cascais, Portugal, que recomendaba a sus profesionales maquillaje "discreto", perfume "ligero y agradable", faldas "a la altura de la rodilla",
camisas "abotonadas a la altura del pecho" y les
prohibía expresamente llevar "'piercings', joyas, tatuajes, zapatillas, sandalias o botas”.
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