Ricardo Martínez Platel. Madrid
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso del Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España contra la Orden ESS/1451/2013 de 29 de julio, por la que se establecen disposiciones para la prevención de lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector sanitario y hospitalario por ser conforme a derecho.
Máximo González Jurado, presidente del Consejo General de Enfermería.
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Enfermería entiende que los objetivos que se persiguen no pueden lograrse a través de medidas de menor rango, dispersas y parciales. Por este motivo, recurrió al considerar que no basta con una orden ministerial, ya que el instrumento de transposición debe tener el mismo rango normativo y por eso debería ser un Real Decreto.
Sin embargo, más allá de meras formalidades, la auténtica pretensión del consejo es que tenga más fuerza legal y un mayor rango para que se garanticen las medidas frente a los incumplimientos.
En este caso, la Audiencia Nacional habría aplicado una visión rigorista, cuando la intención de Enfermería era buscar garantías que tuvieran un valor coercitivo. No obstante, el Ministerio de Sanidad está tramitando una orden que modificaría a la anteriormente citada, que aunque no garantiza las medidas de cumplimiento al 100 por cien, sí refuerza su carácter obligatorio. Así, el consejo general aguarda a que se produzcan estos movimientos para ver si impugna la Orden ESS/1451/2013, o por el contrario no es necesario.
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