Tienen un plazo de nueve días para comparecer y personarse como demandadas



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Jesús Vicioso Hoyo. Madrid
El Ministerio de Sanidad ha publicado una resolución en la que se emplazan a las personas físicas y jurídicas que tengan un “interés legítimo” en la impugnación puesta en marcha por el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería (CGE) contra el Registro de Profesionales.

Máximo González Jurado, presidente del Consejo General de Enfermería.

Este es un paso más a la iniciativa puesta en marcha por el organismo que preside Máximo González Jurado para luchar contra el Real Decreto 640/2014, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios. El recurso de Enfermería llegó el pasado mes de noviembre al Tribunal Supremo, específicamente a la Sección Cuarta de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal, a través de la procuradora del CGE Cristina Matud Juristo.

Ahora, como parte implicada en el procedimiento, la cartera dirigida por Alfonso Alonso ha llevado al Boletín Oficial del Estado esta resolución, rubricada por el secretario general técnico del Ministerio, Sergio Carvajal Álvarez. En la misma, se abre un plazo de nueve días, a partir de este jueves, para que los interesados “en el acto impugnado” puedan comparecer y personarse en las formas establecidas por la ley.

Sin plazo previsto

Los servicios jurídicos del CGE están a la espera de que el Ministerio de Sanidad remita el expediente del Registro de Profesionales, que nació sin el visto bueno de la entidad ya que tiene muchos “aspectos sin concretar” y que no satisface otros a tenor de los intereses de estos profesionales.

No hay fecha prevista, ya que los márgenes temporales para la Administración a la hora de remitir dichos documentos son bastante amplios, aunque, consultadas por este periódico, fuentes del CGE “confían” en que la remisión del expediente no se prolongue en demasía. Con él en la mano, el equipo jurídico armará su demanda ampliada contra el registro.

Además del Registro de Profesionales, el CGE también impugnó el real decreto de la troncalidad, ya que, entre otros motivos, éste derogaba la normativa hasta entonces vigente sobre las especialidades, dejando sin cobertura asuntos que sí se recogían en el anterior decreto.
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